En cumplimiento a una decisión judicial, del Segundo Juzgado Civil de Huamanga, recaído en el Expediente Civil Nro. 492-2013 (cuaderno cautelar), ayer 19 de junio, la Procuradora de la Municipalidad Provincial de Huamanga (MPH), acompañado del Secretario de dicho Juzgado, se hizo presente en las inmediaciones del Jr. Libertad, con el objeto de llevar adelante la diligencia de lanzamiento en mérito a la medida cautelar a favor de la MPH del inmueble ubicado en el Jr. Libertad N°1140, de propiedad de la Municipalidad Provincial de Huamanga, hasta hoy ocupado por la EPSASA; al respecto es preciso poner en conocimiento de la opinión pública lo siguiente:
- Con Acuerdo de Concejo Municipal N° 001-93, la Municipalidad Provincial de Huamanga, dio en Cesión de uso en el año 1993 a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado – EMAPA (Ahora EPSASA), el inmueble ubicado en el Jr. Libertad N°1140, bajo los siguientes términos: Que, la entidad beneficiada queda obligada en el plazo de seis meses, bajo CAUSAL DE RESCIÓN Y REVERTIRSE, cumpla con presentar el expediente técnico y el presupuesto para la construcción del local institucional y está obligada que en un plazo de un año cumpla con realizar la construcción de dicha infraestructura, el mismo que no ha cumplido hasta la fecha habiendo pasado más de 20 años.
- Con Resolución de Alcaldía N° 392-2012, de fecha 18 de julio del 2012, en su Artículo Primero, se resuelve Revertir el inmueble ubicado en el Jr. Libertad Nª1140, por el incumplimiento de los fundamentos antes mencionados.
- Dar a conocer a la opinión pública que la MPH ha seguido un proceso de conciliación por más de dos meses (mayo - junio 2013), en el cual los representantes de la EPSASA no asistieron, demostrando total desinterés. Así mismo se hizo la propuesta de hacer una permuta con un terreno de EPSASA ubicado a pocos metros de ESSALUD, el mismo que también fue DENEGADO a la MPH. Agotando de esta manera toda posibilidad de llegar a un buen acuerdo, por lo que se acudió a las instancias judiciales, obteniendo una sentencia favorable en primera instancia, razón por la cual se solicitó una medida cautelar.