| Nº de Resolución |
Fecha Emisión |
Detalle |
| 851-2016 | 14/12/16 | DEJAR SIN EFECTO; la Notificación de Sanción N° 000986 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001790-2016-MPH, ambos de fecha 23 de noviembre de 2016, que sanciona a la administrada MARUJA GÓMEZ ESPINOZA, en su condición de titular y conductor del Puesto N° 02, ubicado en el Interior Mercado Playa - Ayacucho, y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura temporal por quince (15) días. |
| 850-2016 | 14/12/16 | DEJAR SIN EFECTO; el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001869-2016-MPH, de fecha 11 de julio de 2016, que sanciona a la administrada FILOMENA FERNANDEZ MENDOZA, representante del establecimiento comercial Puesto N° 06 - Venta de Carne, ubicado en el interior del Mercado Magdalena. |
| 844-2016 | 30/12/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad del Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001841/0001842-2016-MPH, de fecha 17 de diciembre de 2016, presentada por el administrado PAULO CESAR BUSTAMANTE HUAMAN. |
| 843-2016 | 30/12/16 | DECLARAR FUNDADO; el recurso de reconsideración interpuesto por doña YUDITH DEL ROCIO MENDOZA CASTRO, contra la Resolución de Gerencia N° 754-2016-MPH/43.47, de fecha 03 de noviembre de 2016. |
| 842-2016 | 30/12/16 | DEJAR SIN EFECTO; la Notificación de Sanción N° 001486 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0002001-2016-MPH, ambos de fecha 23 de noviembre de 2016, mediante el cual se sanciona a la administrada PATROCINA QUISPE TINEO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 55 - Venta de Comidas, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura temporal por treinta (30) días. |
| 841-2016 | 22/12/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por BERTHA HUARACA CUADROS, contra la Resolución de Gerencia N° 686-2016-MPH/43.47, de fecha 12 de octubre de 2016. |
| 840-2016 | 22/12/16 | CORREGIR EL ERROR ARITMÉTICO de la Resolución de Gerencia N° 813-2016-MPH/43.47, de fecha 05 de diciembre de 2016, debiendo ser: |
| 839-2016 | 22/12/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de RECONSIDERACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 499-2015-MPH/43.47, presentado por POMPEYO QUISPE VEGA. |
| 838-2016 | 22/12/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE. el recurso de reconsideración interpuesto por EUSEBIO CARHUAPOMA CHUCHON, contra la Resolución de Gerencia N° 702-2016-MPH/43.47, de fecha 13 de octubre de 2016. |
| 837-2016 | 22/12/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por JOSÉ ENRIQUE TERÁN ZUÑIGA, contra la Resolución de Gerencia N° 800-2016-MPH/43.47 de fecha 25 de noviembre de 2016. |
| 836-2016 | 22/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CEVICHERIA - BAR, ubicado en el Jr. Tres Máscaras N° 533, representado por el administrado ELDER ELIPIO FIGUEROA DURAN, con la multa equivalente al 100% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil novecientos cincuenta con 00/100 soles (S/ 3,950.00), por la infracción de Código 08-020, "No cumplir con el horario especial, establecido en la Ordenanza Municipal N° 042-2007 - MPH/A"; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 835-2016 | 22/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial FUENTE DE SODA "KING BURGER", ubicado en el Jr. Bellido N° 360, representado por la administrada MARY NINAHUANCA RODRÍGUEZ, con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ciento sesenta con 00/100 soles (S/ 3,160,00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006 DCH, asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 834-2016 | 22/12/16 | SANCIONAR, al administrado MARCIAL CALDERÓN CARRASCO, representante del espectáculo público no deportivo GRAN POLLADA DEPORTIVA, realizado en el Parque La Glorieta - ENACE, con la multa equivalente al 50% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a mil novecientos setenta y cinco con 00/100 soles (S/ 1,975.00), por la infracción de Código 08-021 - "Realizar Espectáculos Públicos no Deportivos menores, sin autorización municipal. |
| 833-2016 | 22/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial ACADEMIA PRE UNIVERSITARIA "NÚCLEO", ubicado en la Av. independencia N° 215, representado por JAIME QUISPE SULCA, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370,00.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-135-Adulterar Licencias de Funcionamiento otorgadas por el Servicio de Administración Tributaría"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 832-2016 | 22/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CAFÉ - PIZZERÍA, ubicado en el Jr. Asamblea N° 413 (segundo piso), representado por el administrado EUSEBIO MORALES ALFREDO, con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ciento sesenta con 00/100 soles (S/ 3,160.00), por la infracción de "Modificar giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006 - DCH; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 829-2016 | 14/12/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de ANULACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 633-2016-MPH/43.47, presentado por JULIO CESAR MEDINA TORRE. |
| 827-2016 | 12/12/16 | DECLÁRESE, como nueva administrada a doña HUAMAN DE ACHAHUANCO, JOSEFINA, debiendo apersonarse dentro del plazo de 30 días calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente del puesto N° 181 ubicado en el interior del mercado municipal Playa Grau previo pago de la tasa respectiva: bajo apercibimiento de revocarse su situación como administrada expedita para contratar el arriendo del puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 826-2016 | 12/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CRIADERO DE CHANCHOS, ubicado en el Asoc. Santísima Trinidad - Mollepata, representado por ALBERTO LAURENTE GÓMEZ, con la multa equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES CIENTOS DIECISEIS CON 00/100 SOLES (S/ 316.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con et código 05-062-"Por criar porcinos con desperdicios recolectados dentro del Perímetro urbano para su posterior comercialización"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 825-2016 | 12/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CRIADERO DE CHANCHOS, ubicado en la Asoc. Basilio Auqui Mz. I; Lt. 15, representado por MARINA MENDOZA CALDERÓN, con la multa equivalente al 8% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES CIENTOS DIECISEIS CON 00/100 SOLES (S/ 316.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-062 - "Por criar porcinos con desperdicios recolectados dentro del perímetro urbano para su posterior comercialización"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 824-2016 | 12/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CRIADERO DE CHANCHOS, ubicado en el AA. HH. Covadonga Mz. I-2, Lt. 06, representado por SOLEDAD LOZANO OCHOA, con la multa equivalente al 8% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES CIENTOS DIECISEIS CON 00/100 SOLES (S/ 316.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-062 - "Por criar porcinos con desperdicios recolectados dentro del perímetro urbano para su posterior comercialización”; asimismo, la medida complementaria mediata de clausura del establecimiento comercial. |
| 823-2016 | 12/12/16 | SANCIONAR, la infractora BEATRIZ CLEMENTE GUTIÉRREZ, en su condición de titular y conductor del Puesto N° 302 - Venta de Medicina Natural, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 822-2016 | 12/12/16 | SANCIONAR, a la infractora LOURDES PALOMINO QUISPE, en su condición de titular y conductor del Puesto N° 273 - Venta de Cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 821-2016 | 12/12/16 | SANCIONAR, la infractora DINA YUPANQUI BELLIDO, en su condición de titular y conductor del Puesto N° 272 - Venta de Cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 820-2016 | 12/12/16 | SANCIONAR, la infractora JUANA LUCILA CONTRERAS DE PÉREZ, en su condición de titular y conductor del CABINAS DE INTERNET, ubicado en el Jr. Roma N° 145 - Barrio Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 819-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial HOSPEDAJE "TERRAPUERTO", ubicado en la Asoc. Los Artesanos Mz. G, Lt. 01, representado por CAYO EDWAR PIZARRO ACOSTA, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-137 - "No exhibir en un lugar visible la Licencia de Funcionamiento Vigente"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 818-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ÚTILES DE ESCRITORIO, ubicado en la Asoc. Altamirano Yáñez Mz. A, Lt, 03, representado por la EMPRESA AYACUCHO OFFICE E.I.R.L. RUC N° 20574677204, con la multa equivalente al 15% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RA1SA - 2011 con el código 05-137 - "No exhibir en un lugar visible la Licencia de Funcionamiento Vigente"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 817-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial EDUCACIÓN PRIVADA: PRIMARIA Y SECUNDARIA CENTER, ubicado en la Urb. María Parado de Bellido Mz. A7, Lt. 04, representado por la I.E. PRIVADA "CENTER", con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-137 - "No exhibir en un lugar visible la Licencia de Funcionamiento Vigente"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 816-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial FERRETERÍA VENTA DE ACCESORIOS DE CONSTRUCCIÓN, ubicado en la Asoc. Villa Esperanza Mz A, Lt. 01, representado por CORPORACIÓN MAXTE S.A.C. RUC, 20574730962, con la multa equivalente al 20% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES (S/ 790.00.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 • FCH - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 815-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CABINAS DE INTERNET, ubicado en el Jr. Carlos F. Vivanco N° 423, representado por ALEJANDRO POZO FLORES, con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 1975.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 814-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO KALLPA, ubicado en el Jr. Manco Cápac N° 474, representado por CARLOS ALBERTO LAOS ORTIZ, con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 1975.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 813-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, a la administrada CARLA VICTORIA MARTÍNEZ MENDOZA, en calidad de representante del establecimiento comercial HOSPEDAJE; “CUMANA”, ubicado en la Alameda Barcelona Mz. "A1", Lt. 03 (2do, 3ro y 4to piso), con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - FCH "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 812-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE EXHIBIDORES EN ALUMINO Y METAL, ubicado en el Jr. Tres Máscaras N° 149, representado por KAROL ANTONIO HUAMANCAJA HERRERA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H, "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva de! establecimiento comercial. |
| 811-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, a la infractora KARINA SACSARA MEZA, en su condición de titular del Puesto Mz. G, Lt. 04, ubicado en el Interior Mercado Andrés F. Vivanco - Ayacucho, con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente , siendo la suma ascendente a MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 1185.00), por la infracción de "Por transferir, prestar, alquilar y/o sub arrendar los puestos, sin autorización municipal", con código N° 05-012. Asimismo la aplicación de la medida complementaria mediata de declaración de vacancia del Puesto de venta. |
| 810-2016 | 05/12/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial TALLER DE FABRICA DE ATAÚDES Y MUEBLES, ubicado en la Asoc. San Felipe Mz. E, Lt. 07, representado por EDELISA DURAN CCOLLANA, con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES (S/ 790.00.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - FCH - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 809-2016 | 05/12/16 | DECLÁRESE, como nuevo administrado a don CURO SAIME, MAURICIO, debiendo apersonarse dentro del plazo de 30 días calendarios a la Subgerencia de Comercio. Mercados y Policía Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente del puesto N° 264 ubicado en el interior del mercado municipal Playa Grau previo pago de la tasa respectiva; bajo apercibimiento de revocarse su situación como administrado expedito para contratar el arriendo del puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 808-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BODEGA, ubicado en la Asoc. Madre Covadonga Mz. M, Lt. 04, representado por CONSTANTINA QUISPE DE LLANTOY, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 807-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CABINA DE INTERNET, ubicado en la Asoc. El Arco Mz. D, Lt. 03, representado por EUGENIO TAYPE HUAMAN, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 806-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial FUENTE DE SODA, ubicado en la Urb. José Ortiz Vergara Mz. I, Lt. 14, representado por LOURDES HUAMANI PÉREZ, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el! RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 805-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial IMPRENTA, ubicado en el Jr. San Martín N° 489, representado por EMPERATRIZ ANDROMEDA CONTRERAS PAUCAR, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124- D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 804-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANTE, ubicado en el Jr. Arequipa N° 261, representado por BERTHA ISABEL GONZALES ARANGO, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 803-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial FERRETERÍA, ubicado en el Jr. Carlos F. Vivanco N° 496, representado por NILO OCHANTE RAMOS, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente1 siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 802-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial INTERNET - FOTOCOPIADORA, ubicado en el Jr. San Martín N° 782, representado por FREDDY RAMOS MAYHUA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 801-2016 | 28/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CEVICHERIA - POLLO BROASTER, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 120, representado por WALTER VENTURA QUISPE, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 800-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CABINA DE INTERNET, ubicado en la Av. 26 de Enero N° 257 - Sótano, representado por JOSÉ ENRIQUE TERAN ZUÑIGA, con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES (S/ 790.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - FCH "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 799-2016 | 25/11/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por MAYFIRA MAYRA CURO REYNOZO, contra la Resolución de Gerencia N° 608-2016-MPH/43.47, de fecha 23 de agosto de 2016. |
| 798-2016 | 25/11/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por REGINA CÁRDENAS JANAMPA, contra la Resolución de Gerencia N° 696-2016-MPH/43.47, de fecha 12 de octubre de 2016. |
| 797-2016 | 25/11/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por JHON UBILLUS JANAMPA, contra la Resolución de Gerencia N° 701-2016-MPH/43.47, de fecha 13 de octubre de 2016. |
| 796-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR, a la infractora MARÍA CONSUELO HUARCAYA HUAMANI en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial SASTRERÍA, ubicada en el Jr. Londres N° 173, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580,00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 795-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR, a la administrada JUANA OCHOA NAJARRO, en calidad de representante del establecimiento comercial RESTAURANTE, ubicado en el Jr. San Asamblea N° 251 - interior 4to Piso, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 794-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR, al administrado NILTON OCHANTE RAMOS, en calidad de representante del establecimiento comercial ACADEMIA DE ARTES MARCIALES, ubicado en el Jr. San Martín N° 777, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA- 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 793-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR, a la administrada UMBERTHA QUINTANILLA QUINTANILLA, en calidad de representante del establecimiento comercial HOSPEDAJE "EL EMBRUJO", ubicado en la Asoc. Los Vencedores de Ayacucho Mz. "A", Lt. 18 - Callejón, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 – FCH "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 792-2016 | 25/11/16 | DECLARAR FUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por Aydé Lujan Manza, contra la Resolución de Gerencia N° 594-2016-MPH/GSM-SGCMPM.43.47, de fecha 17 de agosto de 2016; consecuentemente precédase con la devolución de sus bienes. |
| 791-2016 | 25/11/16 | DECLÁRESE; como nueva administrada a doña VELENZUELA TIPE, EVA ELISABETH, identificada con DNI N° 09882418, otorgándole la sucesión por continuidad de conducción de puesto; por el derecho de prioridad que le asiste al ser familiar directo de la titular fallecida TIPE DE VALENZUELA, EVA, debiendo apersonarse dentro del plazo de treinta (30) calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal para suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente con la entidad municipal, previo pago de la tasa respectiva. |
| 790-2016 | 01/12/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por PALOMA QUISPE HUAMAN, contra la Resolución de Gerencia N° 699-2016-MPH/43.47, de fecha 13 de setiembre de 2016. |
| 789-2016 | 25/11/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de DESCARGO DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 624-2016-MPH/43.47, presentado por LIZ GIOVANA CAYLLAHUA MONTES. |
| 788-2016 | 25/11/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por NELLY HUAMAN ROJAS, contra la Resolución de Gerencia N° 732-2016-MPH/43.47, de fecha 18 de octubre de 2016. |
| 787-2016 | 25/11/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de DESCARGO DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 624-2016-MPH/43.47, presentado por LIZ GIOVANA CAYLLAHUA MONTES. |
| 786-2016 | 25/11/16 | DECLÁRESE; como nueva administrada a doña QUISPE TIPE, VICTORIA IRMA, identificada con DNI N° 28273621, otorgándole la sucesión por continuidad de conducción de puesto; por el derecho de prioridad que le asiste al ser familiar directo de la titular fallecida TIPE GUTIÉRREZ, ISABEL, debiendo apersonarse dentro del plazo de treinta días (30) calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal para suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente con la entidad municipal, previo pago de la tasa respectiva. |
| 785-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR, a la infractora CONSUELO RENE MENDOZA GUERRERO, en su Condición de titular y conductor del establecimiento RESTAURANTE MAMA TEO - INVERSIONES OFECOR E.I.R.L, ubicado en el Jr. María Parado de Bellido N° 535; con la multa equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (Trescientos noventa y cinco con 00/100 Soles), por la infracción de "por negarse o mostrar resistencia y/o obstaculización a las acciones de fiscalización y control efectuados por la autoridad municipal - Código 05-003, de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones administrativas en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria. |
| 784-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR a la infractora doña JOSEFINA GRANADOS GUILLEN, en su condición de conductora del establecimiento comercial Puesto de Venta de Carne Mz. "C", N° 05 del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 10% de una UIT, siendo la suma ascendente a S/ 380.00 (trescientos ochenta con 00/100 nuevos soles), por la infracción de "por comercializar carnes sin sello de clasificación del camal que acredita la procedencia" - código 05-064; asimismo, se procede la aplicación de medida complementaria inmediata de decomiso de productos y especies. |
| 783-2016 | 25/11/16 | Dejar sin efecto la Notificación de Sanción N° 001399 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001649-2016-MPH, ambos de fecha 14 de octubre de 2016, que sanciona a la administrada TEODORA CASTRO MENDOZA, por la infracción código de Código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 782-2016 | 25/11/16 | SANCIONAR, a la infractora LIZET RIVERA LÓPEZ en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial VENTA DE ACCESORIOS DE CELULARES Y AGENTE MULTIRED, ubicada en el Jr. San Martín N° 400, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 780-2016 | 22/11/16 | DISPONER en VÍA DE REGULARIZACIÓN la reapertura del establecimiento comercial ubicado en el Jr. Quinua 410, de propiedad de don Efraín Diomedes Galindo Barrientos, conforme los extremos de la Sentencia de Vista contenido en la Resolución N° 17, de fecha 14 de julio de 2010, expedido por Sala Civil de Huamanga. |
| 779-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR, la infractora AMANDA VENEGAS CHAUPIN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Puesto N° 75 - Venta de Comida, ubicado en el Interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "Por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios", con código N° 05-089; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 778-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR al establecimiento comercial POLLERÍA "WALLPA SUA", ubicado en el Jr. Garcilaso de la Vega N° 240, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial. |
| 777-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR, la infractora BERTHA CONDE SULCA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Puesto N° 76 - Venta de Comida, ubicado en el Interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "Por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios", con código N° 05-089; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 776-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR a la infractora JUANA VARGAS GUTIÉRREZ, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial RESTAURANTE "LA FLORIDA", ubicado en el Jr. Manco Cápac N° 246, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial. |
| 775-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR a la infractora MAXIMILIANA PILLPE MEDINA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial RESTAURANTE, ubicado en el Jr. Tres Máscaras N° 512, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial. |
| 774-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR a la infractora DORIS RUIZ TALAVERA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial RESTAURANTE "CARNAVAL DE SABORES", ubicado en la Urb. Mariscal Cáceres Mz. "G" - Lt. 09, Av. Los Pinos s/n., con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a Ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial. |
| 773-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR a la infractora RUTH QUELY ALIAGA PAUCAR, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial RESTAURANTE "SABOREA ARTE", ubicado en el Jr. Tres Máscaras N° 534, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial. |
| 772-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR a la administrada TEREZA ALANYA SOLIER, representante del establecimiento comercial FUENTE DE SODA, ubicado en la Av. Mariscal Cáceres N° 1189, con la multa equivalente al 30% de una UIT, siendo la suma ascendente a S/1,185.00 ( mil ciento ochenta y cinco con 00/100 soles), por la infracción de "modificar el giro de negocio sin autorización municipal" - código 05-129 - DCH, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria, por los argumentos expuestos; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocación de la licencia de funcionamiento y la clausura definitiva del establecimiento. |
| 771-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR al establecimiento comercial MULTISERVICIOS TRANSPORTE TURISMO HIJOS DE ACOSVINCHOS S.A., ubicado en el Jr. Los Andes N° 177, con la multa equivalente al 30% de una UIT, siendo la suma ascendente a S/ 1,185.00 (mil ciento ochenta y cinco con 00/100 soles), por la infracción de "modificar el giro de negocio sin autorización municipal" - código 05-129, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria, por los argumentos expuestos; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocación de la licencia de funcionamiento y la clausura definitiva del establecimiento. |
| 770-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR, la infractora BELINA GÓMEZ GARCÍA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Puesto N° 77 - Venta de Comida, ubicado en el Interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "Por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios", con código N° 05-089; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 769-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR, la infractora ESTHER FLORES JANAMPA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial CEFETIN - INTERIOR, ubicado en el Interior del Complejo Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "Por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios", con código N° 05-089; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 768-2016 | 22/11/16 | SANCIONAR, la infractora EUDOSIA MANCCO BALDEON, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial CEFETIN - INTERIOR, ubicado en el Interior del Complejo Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "Por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios", con código N° 05-089; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 767-2016 | 15/11/16 | Dejar sin efecto; el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001593-2016-MPH, de fecha 05 de agosto del 2016, que sanciona a la administrada BLANCA CONDORI JANAMPA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial CEVICHERIA “BOQUICHICO CARACHAMA”, ubicado en, y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura definitiva. |
| 766-2016 | 15/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANTE, ubicado en el Jr. Libertad - Urb. María Parado de Bellido Mz. F, Lt. 05, representado por KEVIN QUISPE DE LA CRUZ, con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON CO/100 SOLES (S/ 790.00.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - FCH - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 765-2016 | 15/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CABINA DE INTERNET, ubicado en el AA. HH. Covadonga Mz. D, Lt. 07, representado por RICARDO FERNANDEZ HUARANCCA, con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES (S/ 790.00.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - FCH - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 764-2016 | 15/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial LOCAL NIGHT CLUB, ubicado en el Jr. Miller N° 146 - 2doPiso, y representado por DELMIRA LOURDES CÁRDENAS ALARCON, con la multa equivalente al 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 soles (S/ 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva y/o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva de! establecimiento comercial. |
| 763-2016 | 08/11/16 | SANCIONAR, al administrado JONAS COTERA TORRES, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial BAR - CANTINA, ubicado en la Av. Morro de Arica Mz. R, Lt. 9B, Barrios Altos, con la multa equivalente al 70% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 2,765.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el Código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 762-2016 | 08/11/16 | DECLÁRESE, como nueva administrada a doña LÓPEZ NAJARRO, ANGÉLICA LICIA, debiendo apersonarse dentro del plazo de 30 días calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente del puesto N° 204 ubicado en el interior del mercado municipal Playa Grau , previo pago de la tasa respectiva: bajo apercibimiento de revocarse su situación como administrada expedita para contratar el arriendo del puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 761-2016 | 08/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CEVICHERIA – PICANTERÍA "CEVÍCHELAS", ubicado en la Prolongación José Olaya, Mz. F, Lt. 18, representado por el administrado GERBER HORLANDO CHAVIGURI VARGAS, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 soles (S/ 5,925.00), por la infracción "Reapertura indebida del establecimiento que se encuentra sancionado con Clausura Temporal, (Incumplimiento de sanción establecida)" con código 08-007; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 760-2016 | 08/11/16 | SANCIONAR, al administrado GUIDO VARGAS PEÑA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial BAR - CANTINA, ubicado en la Asociación San Martin de Porres Mz. H, Lt. 01 (Esquina), con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 1,185.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el Código N° 08-001 - FCH "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 759-2016 | 08/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BAR - CANTINA, ubicado en el Jr. Sol N° 228, representado por la administrada NANCY HUACCE ROBLES, en su condición de titular y conductora, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el Código N° 08-001 - DCH "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 758-2016 | 08/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANT - CEVICHERÍA, ubicado en el Jr. Tres Máscaras N° 537 (2do Piso), representado por la administrada ZENAIDA HUAYTA ROMERO, con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ciento sesenta con 00/100 soles (S/ 3,160.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006 - DCH, asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 757-2016 | 08/11/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por PAUL OSWALDO SOTO NECCCHEA, contra la Resolución de Gerencia N° 715-2016-MPH/43.47, de fecha 13 de octubre de 2016. |
| 756-2016 | 07/11/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de ROBERTO CARLOS ALARCON SOLIS, sobre Solicitud de Declaratoria de Tercería de Bienes Muebles, incautado mediante Acta de Inventarío de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 07 de octubre de 2016. |
| 755-2016 | 07/11/16 | DECLÁRESE; como nueva administrada a doña HUAMAN FLORES, MAXIMILIANA identificada con DNI N° 28234319, otorgándole la sucesión por continuidad de conducción de puesto; por el derecho de prioridad que le asiste por ser familiar directo de la titular fallecida HUAMAN FLORES, ALEJANDRA, debiendo apersonarse dentro del plazo de treinta días (30) calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal para suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente con la entidad municipal, previo pago de la tasa respectiva. |
| 754-2016 | 31/11/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial "LA ESTACIÓN 5TA COFFEE LOUNGE", ubicado en el Psje. La Cultura N° 112, representado por la administrada YUDITH DEL ROCÍO MENDOZA CASTRO, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 753-2016 | 31/10/16 | SANCIONAR, al administrado JORGE SÁNCHEZ REYNAGA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial KARAOKE - TABERNA", ubicado en el Jr. Asamblea N° 468 - 4to Piso, con la multa equivalente al 100% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CON 00/100 SOLES (S/ 3,950.00), por la infracción prevista en el RAÍSA- 2011 con el Código N° 08-002 - DCH, "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 500.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 752-2016 | 03/11/16 | Dejar sin efecto Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001682-2016-MPH, de fecha 07 de octubre de 2016, sancionando al administrado NILTON HINOSTROZA MOSCOSO, por la infracción de código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 751-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CEVICHERIA - ANTICUCHERIA "SELVACENTRAL", ubicado en la Prolongación José Olaya Mz. A, Lt, 19, representado por la administrada ANA MERCEDES JAUREGUI VILLAR, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 750-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CEVICHERIA - ANTICUCHERIA "SELVA CENTRAL", ubicado en la Prolongación José Olaya Mz. A, Lt. 19, representado por la infractora ANA MERCEDES JAUREGUI VILLAR, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 soles (S/ 5,925.00), por la infracción "Reapertura indebida del establecimiento que se encuentra sancionado con Clausura Temporal, (Incumplimiento de sanción establecida)" con código 08-007; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 749-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CAFÉ - PIZZERIA "CENTRO CULTURAL TOTOS NIGHT", ubicado en el Jr. 9 de Diciembre N° 213 (segundo piso) - representado por el administrado ARMANDO ALIAGA CALVEZ, con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ciento sesenta con 00/100 soles (S/ 3,160.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006 - DCH; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 748-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BODEGA, ubicado en el Jr. Sol N° 261, representado por la administrada NANCY HUACCE ROBLES, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ciento sesenta con 00/100 soles (S/ 3,160.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006 - DCH; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 747-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial MARISQUERIA - PICANTERÍA, ubicado en la Asociación San Martín de Porres Mz. H, Lt. 02, representado por la administrada ROSA QUISPE OCHOA, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 746-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BODEGA - BAR, ubicado en el Jr. UNSCH N° 404 - Barrio Belén, representado por la administrada MARÍA LOURDES VENTURA QUISPE, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 745-2016 | 27/10/16 | DECLAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: DECLÁRESE, como nuevo administrado a don QUISPE MORALES, BREESHMAN, debiendo apersonarse dentro del plazo de 30 días calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente, previo pago de la tasa respectiva: bajo apercibimiento de revocarse su situación como administrado expedito para contratar el arriendo del puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 744-2016 | 27/10/16 | AUTORIZAR, el cambio de giro de negocio de venta de "PLÁSTICO" al giro de venta de “ABARROTES”, del puesto de venta N° 30 Mz. “D1”; peticionado por el administrado don SAUÑE DELGADILLO, NILO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta. En razón a que el cambio de giro de venta de "PLÁSTICO" al giro de venta de "ABARROTES", no afecta ni alterara la vistosidad y el orden de las secciones establecidas por giros específicos, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución y de conformidad con la Ordenanza Municipal N° 014-2015-MPH/A; Reglamento de Mercados y Comercio en el Distrito de Ayacucho. |
| 743-2016 | 27/10/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: DECLÁRESE; como nueva administrado a don MEZA PARIONA, WILBER identificado con DNI N° 28291252, otorgándole la sucesión por continuidad de conducción de puesto; por el derecho de prioridad que le asiste por ser familiar directo de la titular fallecida ESTELA PARIONA DE PALOMINO, debiendo apersonarse dentro del plazo de treinta (30) calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal para suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente con la entidad municipal, previo pago de la tasa respectiva. |
| 742-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VETERINARIA "JEHOVA", ubicada en la Asoc. Andrés Avelino Cáceres Mz. A, Lt. 01, representado por NELIDA ROMANI TORRES, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 741-2016 | 27/10/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por LINDSAY SOLORZANO TORRES, contra la Resolución de Gerencia N° 584-2016-MPH/43.47, de fecha 16 de agosto de 2016. |
| 740-2016 | 27/10/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de DESCARGO DE LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 583-2016-MPH/43.47, presentado por IDA YUCRA ESPINO. |
| 739-2016 | 27/10/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de "DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 420-2016-MPH/43.47", presentado por AVELINO GUTIÉRREZ CACERES. |
| 738-2016 | 27/10/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por LUDWING CAMPOS HERRERA, contra la Resolución de Gerencia N° 661-2016-MPH/43.47, de fecha 19 de setiembre de 2016. |
| 737-2016 | 27/10/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por TECHY AGUILAR HUAYLLA, contra la Resolución de Gerencia N° 616-2016-MPH/43.47, de fecha 31 de agosto de 2016. |
| 736-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial EMPRESA MOLINA UNION S.A.C., ubicado en el Jr. Manco Cápac N° 299, representado por su administrador Mauro E. Ramos Oblitas con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124-"Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 735-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CEVICHERIA – PICANTERÍA "CEVICHELAS", ubicado en la Prolongación José Olaya, Mz. F, Lt. 17, representado por el administrado GERBER HORLANDO CHAVIGURI VARGAS, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 734-2016 | 27/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANTE, ubicado en el AA. HH. Covadonga Mz. L2, Lt. 08, representado por la administrada SONIA GARCÍA CHIHUA, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 733-2016 | 27/10/16 | DECLAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación. DECLÁRESE, como nueva administrada a doña BEIZAGA PITA, TÁMARA MIRELLA, debiendo apersonarse dentro del plazo de 30 días calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente, previo pago de la tasa respectiva, bajo apercibimiento de revocarse su situación como administrada expedita para contratar el arrendamiento del puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 732-2016 | 18/10/16 | SANCIONAR, a la infractora NELLY HUAMAN ROJAS en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial PELUQUERÍA "SANDY", ubicado en el Jr. Londres N° 120, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 731-2016 | 18/10/16 | SANCIONAR, a la infractora TANÍA GAMONEL ARAMBURU en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial SASTRERÍA "OKY", ubicado en el Jr. Londres N° 130, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA – 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 730-2016 | 18/10/16 | SANCIONAR, al infractor ADRIÁN CORDERO TORRE en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial FERRETERÍA "ADRIÁN", ubicado en el Jr. Manco Cápac N° 803, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 729-2016 | 18/10/16 | SANCIONAR, al infractor WILIAN VEGA TINEO en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial IMPRENTA GRÁFICA JHAIR, ubicado en el Jr. 2 de Mayo N° 188, Int. 02, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 728-2016 | 18/10/16 | Dejar sin efecto la Notificación de Sanción N° 001466 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001677-2016-MPH, ambos de fecha 22 de setiembre de 2016, que sanciona al administrado ARTURO QUISPE VALLEJO, por la infracción de Código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 727-2016 | 18/10/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por RONY ANAYA DE LA CRUZ, contra la Resolución de Gerencia N° 615-2016-MPH/43.47, de fecha 31 de agosto de 2016. |
| 726-2016 | 18/10/16 | Dejar sin efecto la Notificación de Sanción N° 001361 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001616-2016-MPH, ambos de fecha 22 de agosto de 2016, que sanciona a la administrada RUTH QUISPE GAVILÁN, por la infracción de Código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 725-2016 | 18/10/16 | SANCIONAR, a la infractora ELIZABETH QUIJANO RAMÍREZ en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial SASTRERÍA "ESTRELLA", ubicado en el Jr. Londres N° 273, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124-"Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 724-2016 | 18/10/16 | SANCIONAR, a la infractora MARITZA CHAVEZ OCHOA en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial SASTRERÍA, ubicado en el Jr. Londres N° 214, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 723-2016 | 18/10/16 | Dejar sin efecto la Notificación de Sanción N° 000961 y el Acta de "Constatación y/o Fiscalización N° 0001760-2016-MPH, ambos de fecha 09 de setiembre de 2016, que sanciona a la administrada CARMEN CARINA PRADO SIMÓN, por la infracción código de Código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 722-2016 | 18/10/16 | Dejar sin efecto la Notificación de Sanción N° 001289 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001889-2016-MPH, ambos de fecha 16 de setiembre de 2016, que sanciona a la administrada GLADYS CUYO PRADO, por la infracción código de Código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 721-2016 | 14/10/16 | Dejar sin efecto la Notificación de Sanción N° 001457 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001663-2016-MPH, ambos de fecha 24 de agosto de 2016, que sanciona al administrado JULIO TEÓFILO ROJAS RAFAEL, por la infracción código de Código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 720-2016 | 14/10/16 | Dejar sin efecto la Notificación de Sanción N° 001347 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001751-2016-MPH, ambos de fecha 01 de setiembre de 2016, que sanciona a la administrada GIOVANA TULA AYALA ROJAS, por la infracción código de Código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 719-2016 | 13/10/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por NORMA FLORES PAUCCA, contra la Resolución de Gerencia N° 580-2016-MPH/43.47, de fecha 16 de agosto de 2016. |
| 718-2016 | 13/10/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por MICHEL BONIFACIO ARONES, contra la Resolución de Gerencia N° 612-2016-MPH/43.47, de fecha 26 de agosto de 2016. |
| 717-2016 | 13/10/16 | DEJAR SIN EFECTO; el Acta de Constatación y Fiscalización N° 0001530-2016-MPH de fecha 01 de julio de 2016 que sanciona a la administrada BLANCA CONDORI JANAMPA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial CEVICHERÍA "BOQUICHICO CARACHAMA, ubicado en el Jr. Berlín Mz. R, Lt, 08-A, Morro de Arica, y déjese sin efecto la medida complementaría inmediata de clausura temporal por tres meses. |
| 716-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BAR - DISCOTECA "LAS BRUJAS", ubicado en el Jr. Los Andes N° 341, y representado por EDITH MONICA ORIUNDO QUISPE, con la multa equivalente at 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 soles (S/ 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva y/o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 715-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial OFICINA DE CONSULTORIO CONTABLE - JLP CONSULTORES Y EJECUTORES SAC RUC N° 20600521943, ubicado en la Calle Nazareno N° 176 (2do Piso), representado por PAUL SOTO NECOCHEA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 714-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CONFECCIONES Y ALQUILER DE VESTIDOS Y VENTA DE TERNOS, ubicado en el Jr. Londres N° 209, representado por VÍCTOR AMERICO LARA LIZARBE, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124- "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva de! establecimiento comercial. |
| 713-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial FERRETERÍA – MULTISERVICIOS ADOLFO Y MARLON SOLUCIONES SAC, ubicado en el Jr. Carlos F. Vivanco N° 449, representado por EVA LOZANO HUAMAN, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 712-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ACCESORIOS ELÉCTRICOS Y OTROS, ubicado en la Asoc. Vencedores Mz. A, Lt. 05, Av. Javier Pérez de Cuellar, representado por DARLING DAVID LLERENA CERDA, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 711-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial ELECTRÓNICA COMERCIAL JERI, ubicado en la Av. Del Ejército N° 101, Esquina con el Jr. José Carlos Mariátegui, representado por LUIS NEMECIO JERI ROJAS, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva de! establecimiento comercial. |
| 710-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANT "KELLY MAYUMI", ubicado en el AA- HH - San Martín de Porres Mz “H” Lt- 05 representado por RAÚL LISANDRO NUÑEZ FELIPE, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 709-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANTE, ubicado en la Av. Independencia N° 257, representado por DARWIN CAJAMARCA LLANTOY, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/ 592.50.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - F.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 708-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, "al establecimiento comercial VENTA DE MADERA "GÓMEZ" - INVERSIONES MADERERA G y M EIRL RUC 10403391757, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 174, representado por JHON LEYTON GÓMEZ CUBA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 707-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE CDs, USBs, COLGADORES, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 120, representado por ALEX CACERES CRUZ, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 706-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial HOSPEDAJE, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 347 - Segundo Piso - Jr. Rioja N° 174, representado por JHON LEYTON GÓMEZ CUBA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura de! establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 705-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ACCESORIOS DE CELULARES, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 120, representado por JOSÉ LUIS CAMPOS TAPIA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva de! establecimiento comercial. |
| 704-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al administrado PAUL EDUARDO LAYME QUISPE, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial BAR - RECREO "SAL SI PUEDES", ubicado en la Urb, Los Licenciados Mz. D1, Lt. 06, con la multa equivalente al 70% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 2,765.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el Código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 703-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al administrado MOISÉS ARCE LLACTAHUAMAN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en la Asociación San Martín de Porres Mz. 1", Lt. 03, con la multa equivalente al 70% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 2,765.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el Código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 702-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA MINORITARIA DE ACCESORIOS DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 347, representado por EUSEBIO CARHUAPOMA CHUCHON, , con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 701-2016 | 13/10/16 | OTORGAR, al infractor el plazo de quince días hábiles, para interposición de recursos impugnatorios de reconsideración o apelación contra el acto administrativo que afecte sus derechos, presentado ante la misma autoridad para que resuelva o eleve al funcionario inmediato superior para su resolución. |
| 700-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial PELUQUERÍA, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 125, representado por PEDRO RICARDO ORTIZ SAN ROMÁN, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - D.C.H. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 699-2016 | 13/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial "BODEGA - BAR", ubicado en la Asoc. El Arco Mz. "C", Lt. 01, Av. Javier Pérez de Cuellar, representado por el administrado PALOMA QUISPE HUAMAN, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 698-2016 | 14/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ROPAS, ubicado en la Av. Ramón Castilla N° 129, representado por EDGAR WALTER YALOPALEN HUANCAS, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 697-2016 | 14/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE DRYWALL – MELAMINE (PUERTAS) MULTISERVICIOS "FAJER", ubicado en la Av. San Lorenzo N° 289, representado por PALMIN YANET PALOMINO JERI, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 696-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ABARROTES, GOLOSINAS "INVERSIONES MALDONADO HERMANOS, ubicado en el Jr. Carlos F. Vivanco N° 310, representado por REGINA CÁRDENAS JANAMPA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 695-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE CD, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 120, representado por DIANA MARQUINA VAZQUES, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 694-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CONSULTORIO NATURISTA, ubicado en el Jr. Dos de Mayo N° 26 - INTERIOR, representado por EUGENIA JERI DURAND, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 693-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE COMIDA, ubicado en la Av. Independencia Mz, "A", Lt. 13 (Frente al Cajero del Banco de la Nación), representado por ESTHER ZAMORA ESCALANTE, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 692-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial SASTRERÍA "NOEMI", ubicado en el Jr. Londres N° 205, representado por ROLYTH NOEMI VILLALOBOS GALINDO, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 691-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial PELUQUERÍA Y VENTA DE COSMÉTICOS, ubicado en la Av. 26 de Enero, representado por ADELA QUISPE FLORES - PAULINA ARAMBURÚ AYALA (Propietaria del Predio), con la multa equivalente al 40% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con Licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 690-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CONSULTORIO DENTAL "SONREÍR", ubicado en el Jr. Garlos F. Vivanco N° 383, representado por ROSMERY SANDOVAL GUTIÉRREZ, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 689-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial LOCAL INTERNET, ubicado en la Av. Mariscal Cáceres N° 573, representado por REYNA GUZMAN LUZ, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 688-2016 | 12/10/16 | DECLAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: DECLÁRESE, como nueva administrada a doña GUILLEN QUISPE, GLADYS, debiendo apersonarse dentro del plazo de 30 días calendarios a la Subgerencia de Comercio, Mercados y Policía Municipal a suscribir el contrato de arrendamiento correspondiente, previo pago de la tasa respectiva: bajo apercibimiento de revocarse su situación como administrada expedita para contratar el arriendo del puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 687-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE GOLOSINA Y PLASTIQUERIA, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 120 - Interior Stand, representado por BENITA CCAHUIN SULCA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124" apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 686-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANTE, ubicado en el Pasaje Cáceres N° 178, representado por BERTHA HUARACA CUADROS, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 685-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CABINA DE INTERNET LAN CENTER MASTER, ubicado en el Jr. María Montessori N° 181, representado por OFELIA CUBA MEDINA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 684-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CABINA DE INTERNET, ubicado en la Av. Universitaria MZ. "Q", Lt. 08 C, representado por VICENTA BERTHA FLORES CERVANTES, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 683-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial EMPRESA TORO - VENTA DE PASAJE, ubicado en la Av. San Lorenzo N° 459, representado por CARLA BERTHA MARTÍNEZ CHUCHON, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 682-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial PIZZERIA - CHAPLA, ubicado en el Jr. Bellido N° 493 - Tercer Piso, representado por CAROLINA PÉREZ GARCÍA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 681-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial SASTRERÍA - PELUQUERÍA, ubicado en el Jr. Londres N° 224, representado por EDITH AYDEE SAGA CHUCHON, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 680-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial SASTRERÍA, ubicado en el Jr. Londres N° 136, representado por KRICIA REDONDEZ VELARDE, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 679-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CONSULTORIO ODONTOLÓGICO, ubicado en el Jr. Londres N° 109, representado por NUBIA HUAMANÍ HUALLA - MELISA VAEZ QUISPE, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 678-2016 | 12/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial TALLER DE TORNERÍA, MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y SOLDADURA, ubicado en la Vía Los Libertadores Mz. “T”, Lt. 12, representado por ELIA MAYTE LOZANO CHUCHON, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 677-2016 | 05/10/16 | SANCIONAR, al administrado NILO JAYO MEDINA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en el AA.HH. Wari Accopampa Mz. "C", Lt. 01-C, (Segundo piso), con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el Código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00m2 de área ocupada; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del Establecimiento comercial. |
| 676-2016 | 05/10/16 | SANCIONAR, a la administrada ZINTIA GÓMEZ DE LA CRUZ, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en la Asociación Cumaná Mz. "C", Lt. 02, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370,00), por la infracción prevista en el RAÍSA - 2011 con el Código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 675-2016 | 05/10/16 | SANCIONAR, a la administrada VILMA CHOQUE CHOQUE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en la Asociación San Martín de Porres Mz. “H”, Lt. 01 con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el Código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 674-2016 | 05/10/16 | SANCIONAR, a la administrada MIRIAM LLANTOY PALOMINO, en su condición de titular y conductora de! establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en el Jr. Bellido N° 731-735, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el Código N° 03-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 673-2016 | 05/10/16 | Dejar sin efecto el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001890-2016-MPH, de fecha 05 de agosto de 2016, sancionando a la administrada NORMA TINEO VARGAS, por la infracción de código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 672-2016 | 05/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en la Alameda Barcelona N° 172, representado por la administrada YESSENIA MEDINA CAMASI, en su condición de titular y conductora, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el Código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 671-2016 | 05/10/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en la Cooperativa Sector Público Mz. "P", Lt. 11, representado por la administrada IRENE BENDAÑO CORDERO, en su condición de titular y conductora, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el Código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del Establecimiento comercial. |
| 670-2016 | 05/10/16 | SANCIONAR, a la administrada EDITH BARRIAL ENCISO, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en la Asociación Vía Libertadores Mz. "S", Lt. 01 - Alto Perú, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el Código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 669-2016 | 28/09/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BAR CANTINA, ubicado en la Prolongación Jr. Bellido N° 709, representado por la administrada ISABEL ROSARIO MUNARRIZ ALCARRAZ, en su condición de titular y conductora, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRES CIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el Código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 668-2016 | 28/09/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 667-2016 | 28/09/16 | SANCIONAR a la infractora doña TEODOMIRA ALBERTINA YARANGA ZAGA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial PELUQUERÍA UNISEX "DINA", con la multa equivalente al 10% de una UIT, siendo la suma ascendente a SI 370.00 (Trescientos setenta con 00/100 nuevos soles), por la infracción de "por comercializar productos con fecha de vencimiento expirado" con código N° 05-086, notificándose en el inmueble ubicado en el Jr. Londres N° 103, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza notificándose en el inmueble ubicado en el Jr. Londres N° 103, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza. |
| 666-2016 | 26/09/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CAFÉ LOUNGE TITANKA, ubicado en el Jr. Asamblea N° 298 (2do Piso), representado por la administrada SALOME AVILA LAPA, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370,00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 665-2016 | 26/09/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial "GOA DISCOTECA", ubicada en el Jr. María Montessori N° 155, representado por la administrada LILIAN KARINA ALBITES GAUNDO, en su condición de titular y conductora, con la multa equivalente al 100% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/ 3,950.00), por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50,00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 664-2016 | 26/09/16 | DECLAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 663-2016 | 19/09/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BODEGA "DELFINA", ubicado en la Calle Cumana s/n., Mz. D, Lt. 07, representado por la infractora DELFINA TORRES HUAYTALLA, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 662-2016 | 19/09/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial BODEGA "DELFINA", ubicado en la Calle Cumana s/n., Mz. D, Lt. 07, representado por la administrada DELFINA TORRES HUAYTALLA, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 661-2016 | 19/09/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial "VIDEO-PUB MEGA", ubicado en el Jr. Quinua N° 410, representado por el administrado LUDWIG CAMPOS HERRERA, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 660-2016 | 19/09/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 659-2016 | 19/09/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 658-2016 | 19/09/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 657-2016 | 16/09/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANT FUENTE DE SODA, ubicado en el Jr. Barinas Mz. "I", Lt. 12 (Asociación San Martín de Porres), representado por la administrada ELVA LUJAN ZAMORA, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de “Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal” con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 656-2016 | 15/09/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de "DEJAR SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 420-2016-MPH/43.47", presentado por AVELINO GUTIÉRREZ CÁCERES. |
| 655-2016 | 15/09/16 | DEJAR SIN EFECTO; la Notificación de Sanción N° 001454 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001657-2016-MPH, ambos de fecha 16 de agosto de 2016, que sanciona al administrado NILO SAUÑE DELGADILLO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 30, Mz. "D", ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura temporal por treinta (30) días. |
| 654-2016 | 15/09/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 653-2016 | 12/09/16 | ACUMULAR de oficio los expedientes administrativos N° 19197-2016, N° 19891-2016 y N° 21548-2016; en razón a que pertenecen al procedimiento administrativo de queja por irregular invasión en la posesión del puesto N°14 por parte de puesto N° 13 Mercado Municipal Andrés F. Vivanco. |
| 652-2016 | 12/09/16 | DECLAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 651-2016 | 09/09/16 | OTORGAR; a la administrada doña MUÑOZ CABRERA, SOFÍA, la autorización para realizar el TARRAJEADO Y REFACCIÓN DEL PISO en el puesto N° 56 MZ. "A" - giro de negocio venta de zapatos, ubicado en el interior del Mercado Municipal Andrés F. Vivanco; las mejoras deberán ser realizada en un día domingo, en horas de la tarde, con la finalidad de no incomodar a los demás administrados. |
| 650-2016 | 09/09/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de DARÍO AZPARRENT CORDERO, sobre Tercería Excluyente de Propiedad y Restitución de bien incautado mediante Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 15 de julio de 2016. |
| 649-2016 | 09/09/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 648-2016 | 09/09/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por ISABEL ROJAS CORAS, contra la Resolución de Gerencia N° 534-2016-MPH/43.47, de fecha 22 de julio de 2016. |
| 647-2016 | 07/09/16 | Dejar sin efecto Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001879-2016-MPH, de fecha 12 de agosto de 2016, sancionando a la administrada VICKY EUDOSIA PIZARRO ACOSTA, por la infracción de código N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 646-2016 | 07/09/16 | SANCIONAR, al infractor HUGO ALFREDO HUAMAN VILLANUEVA, administrador del establecimiento comercial PICANTERÍA CEVICHERIA "EL SABOR HUANCA", ubicado en la Asoc. San Martin de Porres Mz. "L", Lt. 09, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el código 08-006 - "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal"; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 645-2016 | 07/09/16 | DECLARAR INPROCEDENTE, la solicitud de Cambio de giro de negocio de venta de "BARATIJAS" al giro de venta de "CHICHARRÓN", y ampliación de área del puesto de venta N° 18-psj 01; incoado por la administrada FLORES VILCA, VICTORIA, en su condición de titular del puesto de venta. En razón a que el cambio de giro de venta de "BARATIJAS " al giro de venta de "CHICHARRÓN", alteraría la vistosidad y el orden de las secciones, y por qué las condiciones físicas del puesto venta N° 18-psj 01, son inapropiadas para la venta de alimentos produciéndose situaciones de inseguridad y generando riesgos en la salud, para la conductora del puesto y para los comensales; contrariando así la finalidad de la Ordenanza Municipal N° 014-2015-MPH/A; Reglamento de Mercados y Comercio en el Distrito de Ayacucho. |
| 644-2016 | 07/09/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de cambio de giro de negocio de venta de "VERDURAS" al giro de venta de "COMIDA", del puesto de venta N° 51 Mz. "A"; incoado por la administrada DE LA CRUZ JANAMPA, ESTHER, en su condición de titular y conductora del puesto de venta. En razón a que el cambio de giro de venta de "VERDURAS" al giro de venta de "COMIDA", alteraría la vistosidad y el orden de las secciones establecidas por giros específicos, contrariando así la Ordenanza Municipal N° 014-2015-MPH/A; Reglamento de Mercados y Comercio en el Distrito de Ayacucho. |
| 643-2016 | 07/09/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE; la solicitud de cambio de giro de venta de "VERDURAS" al giro de "VENTA DE PRODUCTOS HERBALIFE", del puesto de venta N°47 Mz. "A"; incoada por la administrada doña VILLANUEVA PARIONA, MARÍA LUZ. En razón a que el giro de "VENTA DE PRODUCTOS HERBALIFE", alteraría la vistosidad y el orden en las secciones establecidas por giros específicos, contrariando así la finalidad de Ordenanza Municipal N° 014-2015-MPH/A - Reglamento de Mercados y Comercio en el Distrito de Ayacucho. |
| 642-2016 | 07/09/16 | SANCIONAR, al infractor BECKER JONN TAPIA GARAY, administrador del establecimiento comercial RESTAURANT GEVICHERIA "MADEROS", ubicado en la Asoc. San Martín de Porres Mz. "H", Lt. 07, Lt. 03, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el código 08-006 - "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal"; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 641-2016 | 07/09/16 | SANCIONAR, a la infractora CIRILA HUASCO HUAMAN, administrador del establecimiento comercial PICANTERÍA CEVICHERÍA Y AFINES, ubicada en la Asoc. San Martín de Porres Mz. "K", Lt. 11, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el código 08-006 - "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal"; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 640-2016 | 07/09/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de cambio de giro de "ABARROTES" al giro de "MULTISERVICIO", del puesto de venta N° 23 Mz. "D"; incoada por SAEZ GUZMAN, ANATOLIA, en razón a que el giro de "MULTISERVICIO", no se encuentra regulado por la Ordenanza Municipal N° 014-2015-MPH/A - Reglamento de Mercados y Comercio en el Distrito de Ayacucho. |
| 639-2016 | 07/09/16 | Dejar sin efecto, la Notificación de Sanción N° 001402 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001483-2016-MPH, ambos de fecha 02 de agosto de 2016, que sanciona a la supuesta infractora doña KRUPSCAYA CHIPANA MEZA, por la infracción de "realizar el cambio de domicilio sin poner conocimiento de la Municipalidad" - código 05-130; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción. |
| 638-2016 | 07/09/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por UBALDINA CAYLLAHUA OCHATOMA, contra la Resolución de Gerencia N° 540-2016-MPH/43.47, de fecha 26 de julio de 2016. |
| 637-2016 | 01/09/16 | OTORGAR; a la administrada doña FRANCISCA BERROCAL SULCA DE VALLEJOS, la autorización para INSTALACIÓN DE PISO DE MAYÓLICA en el puesto N° 13 MZ. "F" - giro de negocio venta de ropas, ubicado en el interior del Mercado Municipal Andrés F. Vivanco; la referida instalación del piso de mayólica deberá ser realizada en un día domingo en horas de la tarde, con la finalidad de no incomodar a los demás administrados, conforme a las recomendaciones emitidas por el administrador del mercado en el Informe N°197-2016-MPH-GSM-SGCM-AMAFV-AMSC. |
| 636-2016 | 31/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de ANDY WILLIAM LAPA RAMOS, sobre Tercería Excluyente de Propiedad y Restitución de bien incautado mediante Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 17 de marzo de 2016. |
| 635-2016 | 31/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de ANDY WILLIAM LAPA RAMOS, sobre Tercería Excluyente de Propiedad y Restitución de bien incautado mediante Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 02 de junio de 2016. |
| 634-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al infractor OTTO HÉCTOR PÉREZ GARCÍA GODOS, representante del establecimiento comercial GARAJE Y TALLER MECÁNICA, ubicado en el Jr. Salvador Cavero N° 152 - 174, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 633-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al infractor JULIO CESAR MEDINA TORRES, representante del establecimiento comercial MARISQUERIA Y PICANTERÍA "SABOR ANDINO", ubicado en la Urb. Mariscal Cáceres Mz. H, Lt. 14, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 632-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, a JORGE RAFAEL FUENTES ROJAS, en calidad de representante de la Empresa infractora INVERSIONES FUENTES E.I.R.L. representante del establecimiento comercial AVÍCOLA "FUENTES", ubicado en el AA. HH. Covadonga Mz. "T2", Lt. 04, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 631-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al administrado OMAR QUINTANILLA PÉREZ, en calidad de representante del establecimiento comercial HOSPEDAJE "CHIQUINTIRCA", de propiedad de la Comunidad Campesina de Chiquintirca, ubicado en el Jr. Chorro N° 167 - Cercado, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CONOO/100 SOLES (S/ 2370. 00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA -2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 630-2016 | 31/08/16 | Dejar sin efecto, la Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001658-2016-MPH, de fecha 16 de agosto de 2016, que sanciona al supuesto infractor HERNÁN BELLIDO ENCISÓ, por la infracción de código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada"; por haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción, y por ende, haber obtenido su Licencia de Funcionamiento. |
| 629-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ARTÍCULOS DE FERRETERÍA, ubicado en la Asoc. Los Licenciados Mz. "U", Lt 05, representado por SONIA ESPERANZA LOZA LAGOS, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 628-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ARTESANÍAS, ubicado en la Av. Maravillas N° 100 (Esquina Parque María Parado de Bellido), representado por MAURA LEÓN ROJAS, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 -" "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 627-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE CAMISETAS Y/O POLOS DEPORTIVOS, ubicado en la Calle Nazareno N° 121, representado por ELIZABETH PERALTA MALDONADO, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 626-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ubicado en el Jr. Mario Ramos N° 107, representado por EDITH SUSANA RODRÍGUEZ MEJIA, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 625-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial LENCERÍA Y CRISTALERÍA, ubicado en la Calle Nazareno N° 113, representado por CELEDONIA BENDEZU ESPINO, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124- "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 624-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ubicado en el Jr. Mario Ramos N° 113 (Esquina), representado por LIZ GIOVANA CAYLLAHUA MONTES, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124- "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 623-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial PELUQUERÍA ACUARIO, ubicado en la Asoc. Los Vencedores Mz. "A", Lt. 02, representado por YOBANA MENDOZA SOTOMAYOR, con la multa equivalente al 40% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 622-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE CELULARES, ubicado en" la Av. Mariscal Cáceres N° 888 - 892, representado por ANÍBAL CCENTE FERNANDEZ, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 621-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANT MARISQUERIA "LA FRAGATA", ubicado en la Urb. María Parado de Bellido Mz. I1, Lt. 04, representado por NICOLÁS VEGA HUAMANI, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 620-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ARTÍCULOS DEPORTIVOS, ubicado en el Pasaje El Nazareno N° 139, representado por YURI PARIONA CANALES, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 619-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CABINA DE INTERNET, ubicado en la Urb. José Ortiz Vergara Mz. "O", Lt. 01 - Javier Pérez de Cuellar, representado por FÉLIX CHAHUILACC TAIPE, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 618-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial LIBRERÍA "EL CEREBRITO", ubicado en la Urb. Mariscal Cáceres Mz. "N", Lt 30, representado por MANUEL MENDOZA COLOS, con la multa equivalente al 40% de !a Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 – “apertura del establecimiento sin contar con Licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada”; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 617-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CONSULTORIO DENTAL "ABREGU", ubicado en el Jr. Carlos F. Vivanco 306 (304), representado por EFRAIN RODRIGO ABREGU CANALES, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 616-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE LLANTAS Y CAMBIO, ubicado en la Asoc. Los Licenciados Mz. "J", Lt. 09 - Vía Los Libertadores, representado por GIL AUGUSTO GARCÍA HUACACHI, con la multa equivalente al 40% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 615-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE ÚTILES DE ESCRITORIO Y FOTOCOPIAS, ubicado en la Av. Independencia N° 461, representado por OLAM INTERNACIONAL E.I.R.L, con RUC N° 20600362268, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 614-2016 | 31/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE LOCERÍA, ubicado en la Calle Nazareno N° 156, de propiedad de INVERSIONES CONTRATISTAS JOSSELY E.I.R.L., de RUC N° 20574702161, representado por MERCEDES MARTÍNEZ MENDIETA, con RUC N° 20600362268, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 613-2016 | 26/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANT CEVICHERÍA, ubicado en el Jr. Garcilaso de la Vega N° 540 (Interior), representado por el infractor MICHAEL RIVAS ALARCÓN, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 612-2016 | 26/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial SALÓN DE EVENTOS - DISCOTECA UKUKUS, ubicado en el Jr. Quinua N° 419 (Primer piso), representado por el infractor MICHAEL BONIFACIO ARONES, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 611-2016 | 26/08/16 | SANCIONAR, al infractor PARAVICINO LIRA, ALBERTO, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Taberna - Karaoke", con la multa equivalente al 100% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/ 3,950.00), por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área, ocupada"; asimismo la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 610-2016 | 26/08/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 609-2016 | 22/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial SALÓN DE EVENTOS - DISCOTECA UKUKUS", ubicado en el Jr. Quinua N° 419, representado por el infractor MICHAEL BONIFACIO ARONES, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 608-2016 | 22/08/16 | SANCIONAR, a la infractora doña MAYFIRA MAYRA CURO REYNOSO, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante "Punto de Encuentro", con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 soles (S/ 5,925.00), por la infracción de "Reapertura indebida del establecimiento que se encuentra sancionado con Clausura Temporal, (Incumplimiento de sanción establecida)" con código 08-007; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento N° 201507093. |
| 607-2016 | 22/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por MARLENY MAÑUICO SOLIER, contra la Resolución de Gerencia N° 461-2016-MPH/43.47, de fecha 14 de junio de 2016. |
| 606-2016 | 22/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por HILARIO MENDOZA YAURI, contra la Resolución de Gerencia N° 122-2016-MPH/43.47. |
| 605-2016 | 22/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por MARCO ERICK GALINDO AGUIRRE, contra la Resolución de Gerencia N° 433-2016-MPH/43.47, de fecha 01 de junio de 2016. |
| 604-2016 | 22/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por FRANCISCA LINDA GALINDO DE GÓMEZ, contra la Resolución de Gerencia N° 521-2016-MPH/43.47, de fecha 05 de julio de 2016. |
| 603-2016 | 22/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE, la solicitud de ampliación de giro de "MULTISERVICIO" al giro "MULTISERVICIO Y VENTA DE COMIDA RÁPIDA"; sin embargo se le informa a la administrada MORÓTE MUÑOZ, DENISSE, que el giro de negocio autorizado de "MULTISERVICIO"; le permite realizar actividades afines o complementarias en procura y beneficio de su actividad comercial, como es la venta de brochetas y otros derivados resultado de la transformación de la carne y derivados que actualmente vende, con la finalidad de que los clientes puedan degustar al paso, los productos que comercializa; siempre que se cumpla con las normas de sanidad correspondientes. |
| 602-2016 | 22/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por EDMUNDA OCHATOMA VILCATOMA, contra la Resolución de Gerencia N° 380-2016-MPH/43.47, de fecha 24 de mayo de 2016. |
| 601-2016 | 22/08/16 | DECLARAR FUNDADA e! recurso de reconsideración interpuesto por DOMITILA REVOLLAR OCHATOMA, contra la Resolución de Gerencia N° 503-2016-MPH/43.47, de fecha 05 de julio de 2016. |
| 600-2016 | 22/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial SALÓN DE RECEPCIONES Y EVENTOS - K' BASH, ubicado en el Jr. Quinua N° 417 - 419, representado por el infractor MICHAEL BONIFACIO ARONES, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 599-2016 | 19/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de rectificación de la Resolución de Gerencia N° 328-2016-MPH/43.47, interpuesto por CATALINA SULCA QUISPE. |
| 598-2016 | 19/08/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración interpuesto por ELSA TORRES QUICHCA, contra la Resolución de Gerencia N° 384-2016-MPH/43.47, de fecha 24 de mayo de 2016. |
| 597-2016 | 19/08/16 | DEJAR SIN EFECTO; el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001880-2016-MPH que sanciona al administrado JORGE LUIS CAMPOS GUERREROS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Cevichería - Picantería "El Pezón", y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura definitiva. |
| 596-2016 | 19/08/16 | DEJAR SIN EFECTO; la Notificación de Sanción N° 001406 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001486-2016-MPH, ambos de fecha 16 de agosto de 2016, que sanciona al administrado RAMIRO HUAMAN DE LA CRUZ, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 27, Mz. "A", ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, y déjese sin efecto la medida complementaría inmediata de clausura temporal por treinta (30) días. |
| 595-2016 | 17/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de DELFINA TORRES HUAYTALLA, sobre devolución de bienes incautados mediante Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 05 de agosto de 2016. |
| 594-2016 | 17/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de AYDE LUJAN MANZA, sobre devolución de bienes incautados mediante Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 22 de mayo de 2016. |
| 593-2016 | 17/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de NILO JAYO MEDINA, sobre devolución de bienes incautados mediante Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de agosto de 2016. |
| 592-2016 | 17/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de ERNESTO DAVID ÑACARI TORRES, sobre Tercería Excluyente de Propiedad y Restitución de bien incautado mediante Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 14 de abril de 2016. |
| 591-2016 | 17/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de JORGE MÁXIMO SERNAQUE TELLO, sobre Tercería Excluyente de Propiedad y Restitución de bien incautado MEDIANTE Acta de Inventario de Bienes retenidos - 2016-MPH/43-47, de fecha 24 de junio de 2016. |
| 590-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial DISEÑO GRÁFICO - IMPRENTA, ubicado en el Jr. Tres Máscaras N° 344, representado por DELIA VEGA DE LA CRUZ Y SATURNINO VEGA DE LA CRUZ, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente á MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124- "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 589-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE SEGUROS SOAT "LA POSITIVA", ubicado en la Av. Mariscal Cáceres N° 601, representado por ALBERTH PÉREZ VILLAR, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión .de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 587-2016 | 16/08/16 | OTORGAR; a la administrada doña AYALA VÁSQUEZ, VILMA AURORA la autorización para la INSTALACIÓN DE MEDIDOR DE FLUIDO ELÉCTRICO PROPIO en el puesto de su conducción N°06 Mz. "A" giro de negocio venta de jugos ubicado en el interior del Mercado Municipal Andrés F. Vivanco; la referida instalación será realizada en observancia de las recomendaciones emitidas en el Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, de fecha 19 de julio de 2016 , que dispone que el medidor estaría ubicado en el lado derecho de la segunda puerta de ingreso al Mercado Andrés F. Vivanco. |
| 586-2016 | 16/08/16 | DECLARAR FUNDADO; el recurso de reconsideración interpuesto por Jorge Luis Campos Guerreros, contra la Resolución de Gerencia N° 554-2016-MPH/GSM-SGCMPM.43.47, de fecha 05 de agosto de 2016. |
| 585-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CAFETÍN DEL PILAR, ubicado en el Jr. Las Begonias N° 359, representado por REBECA HUAMAN DE LA CRUZ, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA- 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 584-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial VENTA DE LICORES, CAÑA Y ALCOHOL ETÍLICO, ubicado en el Jr. Libertad 370, representado por LINDSAY SOLORZANO TORRES, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 583-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial ESTABLECIMIENTO VENTA DE ABARROTES, GOLOSINAS, ubicada en la Asoc. Andrés Avelino Cáceres Mz. A, Lt. 07, representado por IDA YUCRA ESPINO con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 582-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial CINEMA 3D DARTESH, ubicado en la Av. Independencia N° 231, Interior, representado por DARWIN S. CAJAMARCA LLANTOY con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 581-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial LIBRERÍA Y FOTOCOPIADORA, representado por YOVANA SANDRA ZAGA CAPCHA con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580,00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 580-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial FOTOCOPIADORA, representado por NORMA FLORES PAUCA con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124- "apertura del establecimiento sin contar con Licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 579-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial RESTAURANT "KELLY MAYUMI", ubicado en el AA. HH. San Martín de Porres Mz. "H", Lt. 05, representado por RAÚL LIZANDRO NUÑEZ FELIPE, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 578-2016 | 16/08/16 | SANCIONAR, al establecimiento comercial FABRICACIÓN Y VENTA DE MUEBLES EN MELAMINE, VIDRIO Y ALUMINO, ubicado en el Jr. Miller N° 420 y esquina de Jr. Manco Cápac, representado por JULIO TORRES PAQUIYAURI, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 577-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, la infractora TEODOSIA LIMA JORGE, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 179 - Cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 576-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, al infractor HILDER PEÑA ROCA, en su condición de titular y conductor del puesto N° 77 - Venta de Artesanía, ubicado en el interior del Mercado Andrés F, Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 575-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, a PANADERÍA, representado por don NILO ORE SICHA; con la multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la infracción de "Por encontrar equipos, maquinarias y accesorios de uso diario en condiciones antihigiénicas" - código 05-118, asimismo la aplicación de la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal del establecimiento por 07 días. |
| 574-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, a PANADERÍA "Q RICO", representado por don MARINO VALDEZ MORALES; con la multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la infracción de "Por encontrar equipos, maquinarias y accesorios de uso diario en condiciones antihigiénicas" - código 05-118, asimismo la aplicación de la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal del establecimiento por 07 días. |
| 573-2016 | 15/08/16 | OTORGAR; al administrado don CUYA MARTÍNEZ, JHONY la autorización para el mejoramiento u otro de la infraestructura de los puestos de su conducción N° 05 y N° 06 giro de negocio venta de comida del Mercado Municipal Mariscal Cáceres. |
| 572-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, a la infractora DONATILDA ARROYO BAUTISTA, en su condición de titular y conductor del puesto N° 281 - Artefactos, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% dé la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 571-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, a la infractora CARMEN JANAMPA LÓPEZ, en su condición de titular y conductor del puesto N° 46 - Venta de Comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% .de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 570-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, la infractora MARUJA PARIONA QUISPE, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 40 - Venta de Comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 569-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, al infractor DAMIÁN QUICHCA FERNANDEZ, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 275 - Artefactos, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 568-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, a la infractora DOMITILDA REVOLLAR OCHATOMA, en su condición de titular y conductor del puesto N° 52 Mz. E - Venta de Remedios, ubicado en el interior del Mercado Andrés F.Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 567-2016 | 15/08/16 | SANCIONAR, a la infractora PAULINA HUAMAN CÁRDENAS, en su condición de titular y conductor de los puestos N° 59 y 60 - Venta de Comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5°/o de la Unidad Impositiva Tributaria "(UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por cada puesto, por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 566-2016 | 10/08/16 | SANCIONAR, a la infractora ESPERANZA MUNAYLLA VDA DE VALER, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 252 - Abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 565-2016 | 10/08/16 | SANCIONAR, al infractor ADOLFO QUISPE QUAREZ, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 268 - Cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 564-2016 | 10/08/16 | SANCIONAR, al infractor MAXIMILIANO GUILLEN JUSCAMAITA, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 86 - Cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 563-2016 | 10/08/16 | SANCIONAR, al infractor WILFREDO PARIONA ONCEBAY, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 262 - Cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 562-2016 | 10/08/16 | SANCIONAR, al infractor MAURICIO CURO SAIME, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 264 - Renovadora de Calzados, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 561-2016 | 10/08/16 | SANCIONAR, al infractor NELSON HERNALDO LLACTAHUAMAN OCHANTE, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 69 - Venta de Comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 560-2016 | 09/08/16 | DECLAR VACANTE el puesto de venta, cuya información se detalla a continuación: |
| 559-2016 | 09/08/16 | DECLARAR FUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por Luis Enrique Aguilar Sacsa, contra la Resolución de Gerencia N° 532-2016-MPH/GSM-SGCMPM.43.47, de fecha 22 de julio de 2016; consecuentemente precédase con la devolución de sus bienes. |
| 558-2016 | 09/08/16 | DEJAR SIN EFECTO; el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001547-2016-MPH que sanciona a la administrada EPIFANÍA ROBLES CUADROS, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial CEVICHERIA, y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura temporal por tres meses. |
| 557-2016 | 09/08/16 | SANCIONAR, a la entidad infractora Hospedaje "Bellido", ubicado en el Jr. María Parado de Bellido N° 641, representado por doña NORES PILAR YUPANQUI QUISPE, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 556-2016 | 09/08/16 | SANCIONAR, a la entidad infractora Tienda de Artefactos "Tiendas Efe", representado por don Jorge A. Paredes Pinedo, Gerente Territorial de CONECTA RETAIL S.A., con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 555-2016 | 10/08/16 | PRECISAR, la aplicación del régimen de gradualidad de la sanción pecuniaria con beneficio de descuento del 80% del monto de la multa a pagar si la cancelación se realiza dentro de los cinco (05) días hábiles de notificada con la presente; del 70% del monto de la multa, dentro de los diez (10) días hábiles de notificado con la presente; y del 50% del monto de la multa si la cancelación se produce antes de ser remitida la presente al Área de Ejecución Coactiva, sin .perjuicio de ejecutarse las medidas complementarias. |
| 554-2016 | 05/08/16 | SANCIONAR al infractor don JORGE LUIS CAMPOS GUERREROS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Cubichería - Picantería "El Pezón", con le multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/ 2370,00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, a aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 553-2016 | 05/08/16 | SANCIONAR, a la entidad infractora POLICLINICO "SANTO DOMINGO" INVERSIONES Y CONSULTORES S.R.L, representado por su administrador Edmundo Esquivel Vila, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 552-2016 | 03/08/16 | SANCIONAR, a la administrada MARY CARMEN VILLAVICENCIO ONOFRE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Bar - Cantina, con la multa equivalente al 100% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/. 3,950.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 551-2016 | 03/08/16 | DECLÁRESE como nueva administrada a doña DINA DOMÍNGUEZ LEÓN, debiéndose apersonar dentro del plazo de 30 días calendarios a la Sub Gerencia de Comercio, Mercado y Policía Municipal a suscribir el contrato de arriendo correspondiente, previo pago de la taza respectiva; bajo apercibimiento de revocarse su situación de administrada expedita para contratar el Arriendo de Puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 550-2016 | 03/08/16 | DECLÁRESE como nueva administrada a doña Alicia Huayanay de Ayala, debiéndose apersonar dentro del plazo de 30 días calendarios a la Sub Gerencia de Comercio, Mercado y Policía Municipal a suscribir el contrato de arriendo correspondiente, previo pago de la taza respectiva; bajo apercibimiento de revocarse su situación de administrada expedita para contratar el Arriendo de Puesto con la Municipalidad Provincial de Huamanga. |
| 549-2016 | 03/08/16 | DEJAR SIN EFECTO; el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001558-2016-MPH que sanciona a la administrada EPIFANÍA ROBLES CUADROS, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial CEVICHERIA, y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura temporal por tres meses. |
| 548-2016 | 03/08/16 | DEJAR SIN EFECTO; el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001527-2016-MPH y la Notificación de Sanción N° 001232 que sanciona al administrado REMIGIO QUISPE YARASCA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 55, Mz. "A" - venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, y déjese sin efecto la medida complementaria inmediata de clausura temporal por treinta (30) días. |
| 547-2016 | 03/08/16 | SANCIONAR, a la infractora doña MAYFIRA MAYRA CURO REYNOSO, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante "Punto de Encuentro", con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliaren un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarías mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 546-2016 | 02/08/16 | SE AUTORIZA a la administrada JUANA SUAREZ DE ALLCCA, identificada con DNI N° 28203599, el cambio de giro de negocio de su Puesto de Venta N° 46, ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, de ABARROTES A LIBRERÍA. |
| 545-2016 | 02/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por SONIA REVOLLAR OCHATOMA contra la Resolución de Gerencia N° 381-2016-MPH/43.47, de fecha 24 de mayo de 2016. |
| 544-2016 | 02/08/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por DOMITILA REVOLLAR OCHATOMA contra la Resolución de Gerencia N° 379-2016-MPH/43.47, de fecha 24 de mayo de 2016. |
| 543-2016 | 26/07/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por MIGUEL ÁNGEL GAMARRA YAROS contra la Resolución de Gerencia N° 399-2016-MPH/43.47, de fecha 06 de mayo de 2016. |
| 542-2016 | 26/07/16 | DECLARAR FUNDADO el recurso de reconsideración interpuesto por Graciela Penélope Godoy Cruz contra la Resolución de Gerencia N° 415-2016-MPH/43.47, de fecha 30 de mayo de 2016. |
| 541-2016 | 26/07/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración interpuesto por WALTER LIRA HUAMAN contra la Resolución de Gerencia N° 385-2016-MPH/43.47, de fecha 24 de mayo de 2016. |
| 540-2016 | 26/07/16 | SANCIONAR a la infractora UBALDINA CAYLLAHUA OCHATOMA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 29 Mz “G”-Venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 539-2016 | 26/07/16 | SANCIONAR, a la infractora ROSA GUTIÉRREZ PRADO en su condición de titular y conductora del establecimiento Venta de Caña, y Alcohol Etílico ",El Norteño" ubicado en el Jr. Carlos F. Vivanco N° 481, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, Siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 538-2016 | 26/07/16 | SANCIONAR al infractor EMILIANO SANTIAGO RAMOS en su condición de titular y conductor del establecimiento Local INTERNET - IMPRESIONES, ubicado en el Jr. Quinua N°355-357, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 -"Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 537-2016 | 26/07/16 | SANCIONAR, a la infractora LUCERO HANNA QUISPE MONTERO en su condición de titular y conductora del establecimiento Local Cabina de Internet, ubicado en el Jr. Manco Cápac N°288, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos veinte con 00/100 nuevos soles (S/. 1,520.00), por la infracción administrativa prevista en el RAISA – 2011 con el código 05-124 - "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 536-2016 | 26/07/16 | SANCIONAR, al infractor RAFAEL NAVARRO MALLCCO en su condición de titular y conductor del establecimiento Carpintería y Ebanistería "Sumaq Kullo", ubicado en el Jr. Los Andes N°177, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRECIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 535-2016 | 26/07/16 | SANCIONAR, a la infractora SUSANA NINA JORGE en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Restaurante - Fuente de Soda "SUSANA", con la multa equivalente al 50% de la-Unidad. Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/ 1975.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 534-2016 | 22/07/16 | DECLARAR INFUNDADA la solicitud de doña Susy Gómez Flores, sobre Levantamiento de Medida Complementaria. |
| 533-2016 | 22/07/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Yakelin Pilar Lazo Taipe, sobre Tercería Excluyente de Propiedad y Restitución de bien incautado, consistente en Refrigeradora incautada, Marca Indurama, Modelo: RI-425, Serie: 105809751110. |
| 532-2016 | 22/07/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de Luis Enrique Aguilar Sacsa sobre la devolución de bienes incautados en una fiesta. |
| 531-2016 | 22/07/16 | SANCIONAR, a la infractora LÓPEZ HERRERA, CARMEN, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Bar - Cantina", con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1,185.00),por la-comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código N° 08-001 –“apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo disponer la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 530-2016 | 22/07/16 | SANCIONAR, a la infractora señora NAVARRO RAYMUNDEZ, LUZDI MARINA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Restaurante "AIXA", con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES (S/ 2,370.00), por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011, con el código N° 08-006 - "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal"; asimismo, disponer la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 529-2016 | 22/07/16 | SANCIONAR, a la infractora señora AVILA LAPA, SALOME, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Café Lounge "TITANKA", con la multa equivalente al 80% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRES MIL CIENTO SESENTA CON 00/100 SOLES (S/. 3160.00), por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 08-006 - "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal"; asimismo disponer la aplicación de las medidas complementarías mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 528-2016 | 22/07/16 | SANCIONAR, a la infractora LOZANO LAURA, ELIZABETH, en su condición de titular del puesto de venta N° 01 Mz. “B” Venta de Lencería, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 1185.00 (MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la comisión de la infracción administrativa , prevista en el RAISA 2011 con código N° 05-012 "Por transferir, prestar, alquilar y/o sub-arrendar los puestos sin autorización municipal". Asimismo disponer la aplicación de la medida complementaria mediata de declaración de vacancia del Puesto de venta. |
| 527-2016 | 22/07/16 | SANCIONAR, a la infractora ALARCON MELGAR, JULIA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 24 Mz. "C" - venta de carne roja, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N° 05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 526-2016 | 22/07/16 | SANCIONAR, a la infractora DE LA CRUZ BERROCAL, CRISTINA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 11 - venta de carne roja, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 525-2016 | 22/07/16 | SANCIONAR, a la infractora PRADO CHUMBE, BASILIA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 10 "C" - venta de carne roja, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al .5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 523-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor LLANTOY QUICHCA, HUGO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 14 - venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 522-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor PARIONA VENTURA, JULIO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 10 - venta de comida, ubicado en el interior de! Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 521-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora FRANCISCA LINDA, GALINDO DE GÓMEZ, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 311 - sección venta de jugos, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 520-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora ANAYA SUÁREZ, PAULINA, en su condón de titular y conductora del puesto de venta N° 129 sección venta de verduras, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N° 05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado ; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 519-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora AVILES ESPINOZA, MAXIMILIANA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 31 (venta de repuesto de calzados) ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE'CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 518-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor INFANZÓN ALZAMORA, JAVIER, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 295 - venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 517-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor QUISPE CUARES, ADOLFO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 269 - reparación de calzado, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 516-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora CURO LLACTA, CRISTINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 290 - venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 515-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora PIZARRO GARCÍA, MARÍA LUZ, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 13 - venta de comida ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 514-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora MENESES ZARATE, FELIPA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 159 - venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 513-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora ROJAS SILVA, BERTHA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 238 - venta de cereales ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 512-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora ARROYO DE BAUTISTA, DONATILDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 281 - (Radio Técnico), ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033 "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 511-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora LOZANO PALOMINO, LUCILA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 11 Mz. "F" - Venta de Ropa, ubicado en el interior del Mercado Andrés F, Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 510-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora ONCEBAY TIPE, SARA DORA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 23 Mz, "G" - Multiservicios, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 509-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor PEÑA ROCA, HILDER, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 77 - Mz. "E" - Venta de Artesanía, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 508-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor CERDA LLALLAHUI, PEDRO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 132 - venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033 "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 507-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor BUSTAMANTE ARONE, FRANCISCO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 167 - reparación de calzado, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N° 05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 506-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor ORE LOAYZA, FÉLIX, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 219 - venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N° 05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 505-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor YUPANQUI CALDERÓN, ADOLFO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 282- Radio Técnico, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multar equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 504-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, al infractor YANCE MARTÍNEZ, ESTEBAN MIGUEL, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 316 - venta de plástico, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033- "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 503-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora REVOLLAR OCHATOMA, DOMITILDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 52 Mz. "E" - Venta de Remedios, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 502-2016 | 05/07/16 | SANCIONAR, a la infractora LAICHE RÍOS, JOSEFA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 23 Mz. "E" - Venta de Artesanía, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N°05-033-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 501-2016 | 05/07/16 | DEJAR SIN EFECTO; el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0001518-2016-MPH y la Notificación de Sanción N° 001227 que sanciona a la señora QUISPE PEÑALOZA, LIDIA SONIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 17 venta de ropa, ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código 05-012 "Por transferir, prestar, alquilar y/o sub arrendar los puestos, sin autorización municipal", asimismo dejar sin efecto la medida complementaría inmediata de clausura temporal por treinta (30) días. |
| 500-2016 | 05/07/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de constatación y fiscalización N° 001415-2016-MPH de fecha 12 de mayo de 2016 y las respectivas Notificaciones preventiva y Sanción, por haber notificado a un menor de edad incapaz, siendo un error insubsanable por el fiscalizador, debiendo de notificarse nuevamente con las formalidades de ley, archivando definitivamente el expediente administrativo. |
| 499-2016 | 05/07/16 | MODIFICAR el giro de negocio de venta de plástico para la venta de comida los puestos N° 93 y 94, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, a favor de la recurrente doña SICHA PARIONA DINA, según las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 014-2015-MPH/A. |
| 498-2016 | 05/07/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Focalización N° 0000939-2016-MPH de fecha 30 de marzo de 2016, por falta de elementos de convicción suficientes y por presentar los vicios de carácter administrativo durante la elaboración del Acta de Constatación y Fiscalización como no consignar el segundo nombre del supuesto infractor, archivando definitivamente el expediente. |
| 496-2016 | 27/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 343-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña NUNEZ GÁLVEZ MARCELINA, continuando con el acto administrativo. |
| 495-2016 | 27/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 330-2016-MPH/43.47, promovido por el recurrente don LAPA RAMOS ANDY WILLIAM. |
| 494-2016 | 27/06/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 177-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña CURO REYNOZO MAYFIRA MAYRA, continuando con el acto administrativo. |
| 493-2016 | 27/06/16 | SANCIONAR a la infractora doña CCONISLLA ARAMBURU, SUSANA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 11 Mz. "B" - sección venta de jugo, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 118.50 (CIENTO DIECIOCHO CON 50/100 SOLES), por la comisión de la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-091 "por elaborar y expender alimentos con anillos, aretes, pulseras, uñas pintadas que atentan contra la salud"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal del establecimiento por siete días. |
| 492-2016 | 27/06/16 | SANCIONAR, al infractor MENDOZA CORNEJO, GASPAR, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Restaurante - "Emerson Yuri", con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la comisión de la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código 05-092 - "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 491-2016 | 27/06/16 | SANCIONAR, a la infractora CANALES PÉREZ, MAGALI, en su condición de titular y conductora del Restaurante " DON LUCHO", con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código 05-092 - "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial"; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 490-2016 | 27/06/16 | SANCIONAR, al infractor ALBITES LAURA, PERCY GINO en su condición de titular y conductor de| establecimiento comercial de Pollería - Restaurante "KENKO", con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1975.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-125 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 489-2016 | 27/06/16 | SANCIONAR, a la infractora QUISPE PERALTA, JHOANE, en su condición de Administradora de "MULTISERVICIOS IMPORT, EXPORT NUESTRA SEÑORA MEDALLA MILAGROSA" venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus accesorios "con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1580.00) por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 488-2016 | 27/06/16 | SANCIONAR, al infractor SULCA EFFIO, JOSÉ, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Hospedaje "IMPERIO II", con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 2370.00 (DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES), por la comisión de la infracción administrativa prevista en el RAISA-2011 con el código N° 05-126 - "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 487-2016 | 24/06/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Fiscalización N° 001447 notificado con la Notificación de Sanción "N° 001304, por haber cancelado por concepto de la sanción pecuniaria con beneficio de descuento y levantando la clausura temporal de 60 días, siempre y cuando continúe conduciendo personalmente el puesto de venta. |
| 486-2016 | 27/06/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Fiscalización N° 001444 notificado con la Notificación de Sanción N° 001301, por falta de pruebas suficientes que acrediten la infracción administrativa, levantando la clausura temporal de 30 días. |
| 485-2016 | 27/06/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Focalización N° 001505-2016-MPH de fecha 02 de junio de 2016, archivando definitivamente el expediente. |
| 484-2016 | 27/06/16 | SANCIONAR, a la infractora señora TORRES PALOMINO, JULIA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Restaurante - Cebichería, con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA.CON 00/100 SOLES (312,370.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011-con.el código 08-006 - "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal"; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 483-2016 | 27/06/16 | DECLARAR FUNDADA la solicitud de desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente consistentes: dos cajas acústicas prefabricadas de 03 vías de 15"-10"-02", marca CRF, acabados en madera; una caja acústica amplificada doble bajo de 15"; y un Tweter de 2"-215d, incoada por el administrado don VÁSQUEZ HINOJOZA LUIS GALO. |
| 482-2016 | 22/06/16 | OTORGAR la sucesión de continuidad de conducción del puesto N° 07, Mz. “A” sección para la venta de jugos, ubicado en el Mercado Andrés F. Vivanco, a favor de la recurrente doña PALOMINO ORELLANA LEDA VILMA. |
| 481-2016 | 22/06/16 | SANCIONAR, a la infractora GAMBOA ZARATE, ISABEL, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Bar - Cantina", con la multa equivalente al 30%-de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1,185.00), por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código de N° 08-001 "apertura del' establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura-definitiva del establecimiento comercial. |
| 480-2016 | 22/06/16 | SANCIONAR, a la infractora SOLANO LOAYSA, YOVANA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Bar - Cantina", con la multa equivalente al 70% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO 00/100 SOLES (S/. 2,765.00), por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código N° 08-002 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 479-2016 | 22/06/16 | SANCIONAR, al infractor ARCE LLACTAHUAMAN, MOISÉS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Bar - Cantina", con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1,185.00), por la infracción prevista en el RAISA- 2011 con el código de N° 08-001 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 478-2016 | 22/06/16 | SANCIONAR, al infractor MALDONADO CORDOVA, EDGARD en su condición de presidente del establecimiento comercial de "COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO NIÑO REY-AYACUCHO", con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 477-2016 | 22/06/16 | SANCIONAR, en forma solidaria a las infractoras QUISPE HUAMANÍ CARMEN, y ORTÍZ QUISPE, ALEXANDRA, en su condición de titulares y conductoras del establecimiento" comercial de "CERRAJERÍA", con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50) suma que deberán pagar en forma solidaria, por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 475-2016 | 20/06/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don MAXWELL ARANGO PACHECO. |
| 474-2016 | 20/06/16 | SANCIONAR, al infractor CORILLA VILLAR, BRIAYAN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Taller de Avisos Publicitarios en-General, con la multa "equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 (S/. 592.50), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta a 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 473-2016 | 20/06/16 | SANCIONAR, al infractor FUENTES CARRASCO, RANULFO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Estudio Jurídico", con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código 05-124 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta a 50,00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 472-2016 | 20/06/16 | SANCIONAR, a la infractora PINEDA LLANOS, CARLA ANABEL, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Veterinaria "Mundo Animal", con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción prevista en el RAISA - 2011 con el código 05-124 "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 471-2016 | 15/06/16 | SANCIONAR a la infractora doña TINOCO CURIPACO MARIANELA, en su condición de conductora del establecimiento comercial de restaurante - salón de eventos "Tinoco Apart Hotel", con la multa equivalente al 100% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3,950.00), por la infracción de "permitir el ingreso al establecimiento a menores de edad", con código N° 08-012; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura temporal por tres meses del establecimiento comercial y la retención de los bienes muebles, además la medida mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento definitiva. |
| 470-2016 | 15/06/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución del bien mueble retenido temporalmente, promovido por el recurrente don CHAVIGURI VARGAS GERBER HORLANDO. |
| 469-2016 | 15/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 293-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña MENDOZA AUQUI TRINIDAD, continuando con el acto administrativo. |
| 468-2016 | 15/06/16 | SANCIONAR al infractor ALARCÓN QUISPE, JUAN ALBERTO, en su condición de Titular Gerente del establecimiento comercial del "HOSPEDAJE ELIAS E.I.R.L" con la multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES) por la infracción prevista en el RAISA-2011 con el código N° 05-107 "por utilizar bienes muebles de dormitorio en condiciones antihigiénicas y/o deterioradas", asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento y revocar la licencia de funcionamiento. |
| 467-2016 | 15/06/16 | SANCIONAR, a la infractora MOREYRA BEDRILLANA, GLORIA, en su condición de "titular y conductora del Puesto de venta de comida N° 08, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/197.50 (CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES), por la infracción prevista en el-RAISA-2011 con el código 05-097 - "por expender alimentos en utensilios picados, despostillados y/o magullados"; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento y la revocatoria de la Licencia de Funcionamiento. |
| 465-2016 | 14/06/16 | SANCIONAR, a la infractora CURI CUADROS, ETHEL en su condición de Gerente General de establecimiento comercial de venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus accesorios "SERVICIOS GENERALES ZAMBRANO E.I.R.L"; con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 1185.00 (MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la infracción de "realizar el cambio de domicilio sin poner conocimiento de la Municipalidad" - código 05-130 asimismo la aplicación de la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura definitiva del establecimiento. |
| 464-2016 | 14/06/16 | SANCIONAR, a la infractora AYME CACERES, SOMA, en su condición de Gerente de la empresa "HM MOTORS E.I.R.L" venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y- sus accesorios con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1975.00) por Infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50:00 m2 de área ocupada" - código 05-125; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 463-2016 | 14/06/16 | SANCIONAR, al infractor EUSEBIO JAIME OSWALDO, en su condición de titular, y conductor del establecimiento comercial de Hostal "CUMANÁ", con la multa equivalente al 25% de, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 987.50 (NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-126; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 462-2016 | 14/06/16 | SANCIONAR a la infractora doña VEGA PACHECO, ERIKA YRAN, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial "CHIFA SAMSI", ubicado en el Jr. 9 de diciembre N° 217, con la multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 395.00), por la infracción "por comercializar productos con fecha de vencimiento expirado" con código N° 05-086. |
| 461-2016 | 14/06/16 | SANCIONAR, a la infractora MAÑUICO SOLIER, MARLENY, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Salón de Belleza, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT.) vigente, siendo la suma ascendente de MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de. "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 460-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractor CERRÓN LÓPEZ, RAFAEL, en su condición de titular - Gerente de "FERRIMOTOR'S E.I.R.L" venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus accesorios, con la multa equivalente al 25% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 987.50 (NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada", con código" N° 05-126; asimismo, la aplicación de la medida complementaria-mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 459-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractor VILCAPOMA HINOSTROZA FELIPE, en su condición de Gerente General de la empresa "COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO NUEVO MUNDO FINANCIERO" con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/1975.00) por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en-locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada" - código 05-125; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 458-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractor MENDOZA BALBOA, RICARDO, en su .condición de Gerente de la empresa "MOTOMANIA E.I.R.L" venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus accesorios "con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1975.00) por la Infracción-dé "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada" - código 05-125; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 457-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractor CASTRO FERNANDEZ, EYNER EDÚ en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de venta de bebidas gaseosas, cerveza y alcohol, -con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/1.00 SOLES (S/. 790.00) por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada" - código 05-125;;asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 456-2016 | 13/06/16 | DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO la Resolución del PAD N°02-2015-MPH-SGCMyPM, de fecha 01 de Julio del 2015, por ser ineficaz y vulnerar los principios de debido procedimiento y legalidad. |
| 455-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractor don MALLMA ALARCÓN, FREDDY, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Chifa- Pollería "KAY KEN", con la multa equivalente al 25% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 987.50 (NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES), por la infracción "por comercializar productos alimenticios en condiciones antihigiénicas y con agentes contaminantes" - código 05-044. |
| 454-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractor don MARTÍNEZ FERNANDEZ, ANICETO JUSTINO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Restaurante - chifa "CHI JONG", con la multa equivalente al 25% de la Unidad Impositiva Tributaría (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 987.50 (NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100, SOLES), por la infracción "por comercializar productos alimenticios en condiciones antihigiénicas y/o con agentes contaminantes" - código 05-044. |
| 453-2016 | 13/06/16 | DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia N° 690-2015-MPH/43.47 por falta de elementos de convicción suficientes, debido que el Acta de Constatación y Fiscalización N° 002939-2015-MPH y la Notificación de Sanción N° 004726, ambos de fecha 30/03/2016, fue declarado sin efecto en otra Resolución administrativa y no obra otros documentos para su continuación del acto administrativo. |
| 452-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractor GARCÍA MEZA, ALFREDO en su-condición dé Gerente'.' General del establecimiento comercial de impresiones offset - gigantografías "CÓDIGO VISUAL S.R.L.", con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1975.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada" - código 05-125; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 451-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, a la infractora BARRIENTOS GUTIÉRREZ, FELICITAS, en su condición de titular y conductora del Puesto de venta de comida N° 02, con la multa equivalente al 3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO DIECIOCHO CON 50/100 SOLES (S/. 118,50), por la infracción de "por no mantener los equipos, materiales y utensilios en condiciones higiénicas para la comercialización de productos alimenticios" - código 05-074, y la aplicación de medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 450-2016 | 13/06/16 | SANCIONAR, al infractora OCHOA CASTRO, ELSA, en su condición de titular y conductora del Puesto de venta de comida N° 01, con la multa equivalente al 3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO DIECIOCHO CON 50/100 SOLES (S/. 118.50), por la infracción "por no mantener los equipos, materiales y utensilios en condiciones higiénicas para la comercialización de productos alimenticios" - código 05-074, y la aplicación de medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 449-2016 | 10/06/16 | DECLARAR FUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, los siguientes: dos parlantes bajos MOD SB 850F-BEAW y dos parlantes medios MOD SB 1880, todos en estado regular, a su propietaria doña ZEGARRA OCHANTE KELLY LIZBETH. |
| 448-2016 | 07/06/16 | SANCIONAR a la infractora doña ARAOZ AURIS MILAGROS, en su condición de conductora del establecimiento comercial de bar- cantina, con la multa equivalente al 70% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil seiscientos noventa y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 2,695.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-002; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 447-2016 | 07/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 221-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña BOHORQUEZ RIVERA CARMEN ROSA, continuando con el acto administrativo. |
| 446-2016 | 07/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 202-2016-MPH/43.47, promovida por la-infractora doña CONDORI NUÑEZ YEMNY DIANA, continuando con el acto administrativo. |
| 445-2016 | 07/06/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 227-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don PALOMINO MENDOZA AMÉRICO, continuando con el acto administrativo. |
| 444-2016 | 07/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la- Resolución de Gerencia N° 287-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña PÉREZ SANDOVAL GIMNIA VIT, continuando con el acto administrativo. |
| 443-2016 | 07/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el recursos de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 285-2016-MPH/43.47, promovido por el recurrente don VALENCIA PALOMINO HUGO, continuando con el acto administrativo. |
| 442-2016 | 07/06/16 | SANCIONAR, al infractor VEGA HUAMANI, NICOLÁS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Restaurante - Chifa "CHIN - CHING", con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 441-2016 | 07/06/16 | SANCIONAR, a la infractora MENDOZA PÉREZ, BERTHA PAULINA, en su condición de titular y conductora del cafetín N° 04, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197,50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 440-2016 | 01/06/16 | DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia N° 259-201 6-MPH/43.47 y la Resolución de Gerencia N° 082-201 6-MPH/43.47, promovida por la conductora del puesto doña SULCA OCHANTE HAYDE, archivando el expediente del acto administrativo. |
| 439-2016 | 01/06/16 | DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia N° 258-201 6-MPH/43.47 y la Resolución de Gerencia N° 1 33-201 6-MPH/43.47, promovida por la conductora del puesto doña SULCA OCHANTE HAYDE, archivando el expediente del acto administrativo. |
| 438-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR, a la infractora VÁSQUEZ PRADO, NELIDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 03 Mz. "A"- venta de jugo, ubicado en el interior.del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (SI. 197.50), por la infracción de "por encontrarse el puesto con mayólicas rotas, estructuras y mostradores deteriorados y mala instalación eléctrica", con código N° 05-039; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura témpora! por siete días del puesto de venta. |
| 437-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR, al infractor ROJAS VILCA, VÍCTOR , en su condición de titular y conductor del Puesto N° 26 Mz. "C" - sección de venta de carne, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente, siendo la suma ascendente a S/ 790.00 (SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES), por la infracción de "por comercializar productos cárnicos y derivados en estado de descomposición y presencia de agentes contaminantes" - código 05-067, y la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura temporal por 7 días y denuncia penal. |
| 436-2016 | 01/06/16 | DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia N° 949-2015-MPH/43;47 yjos demás actos «administrativos, promovida .por la infractora doña PRADO MALDONADO ANA MARÍA, archivando el acto administrativo. |
| 435-2016 | 01/06/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 066-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don MINA BAÑICO MARIO MARDONIO, continuando con el acto administrativo. |
| 434-2016 | 01/06/16 | DEJAR SIN EFECTO, el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 001313-2016-MPH y la Notificación de Sanción N° 000543 ambos de fecha 14 de marzo de 2016, que sanciona a la señora CORDOVA OROSCO, JACINTA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. Por la razones expuestas en la parte considerativa. |
| 433-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR, al infractor GALINDO AGUIRRE, MARCO ERIK en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de venta de ropa "MARCA MUNDIAL"", con la multa equivalente al 50% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1975.00), por la infracción "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00 m2 de área ocupada" - código 05-125; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 432-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR, al infractor VILCATOMA ARANDA, CARLOS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de restaurante - cebichería "EL MUELLE", con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 431-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR, al infractor ATME MONTES, RAMIRO SATURNINO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial cebichería “ZUNGARO”, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 430-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR, a la infractora AIYING CHEN, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante - "chifa AIYING CHEN", con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 429-2016 | 01/06/16 | DEJAR SIN EFECTO, el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0000938- 2016-MPH y la Notificación de Sanción N° 001067 ambos de fecha 21 de marzo de 2016, que sanciona al a señora FERNÁNDEZ VARGAS, VISITACIÓN ISABEL, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 137, por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; Por las razones expuestas en la parte considerativa. |
| 428-2016 | 01/06/16 | DEJAR SIN EFECTO, el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0000936- 2016-MPH y la Notificación de Sanción N° 001065 ambos de fecha 21 de marzo de 2016, que sanciona al señor NAVARRO JAUREGUI, FÉLIX, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 28, por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; Por las razones expuestas en la parte considerativa. |
| 427-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR a la infractora doña VÍLCHEZ HUAMANÍ, JACKELINE, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 9 Mz, “B” - sección venta de jugo, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 3% de la Unidad-Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/118.50 (CIENTO DIECIOCHO CON 50/100 SOLES), "por elaborar y expender alimentos con anillos, aretes, pulseras, uñas pintadas que atentan contra la salud", con código N° 05-091; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal del establecimiento por siete días. |
| 426-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR a la infractora doña PALOMINO VENTURA, SOFÍA en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Multiservicios "VEMACONS", con la multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente, siendo la suma ascendente a S/. 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la infracción de "por ocupar vías públicas y áreas verdes con fines comerciales", con código N° 05-005. |
| 425-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR a la infractora doña CÁRDENAS ALARCÓN DELMIRA LOURDES, en su condición de conductora del establecimiento comercial de night club, con la multa equivalente al 100% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3,950.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-002; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 424-2016 | 01/06/16 | SANCIONAR al infractor don OROZCO SOSA RUBÉN, en su condición de conductor del establecimiento comercial de taberna, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 nuevos soles (S/. 2,370.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 423-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR, a la infractora SALAZAR AVELLADENA, YRAIDA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante - pollería, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON - 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 422-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR, a la infractora AGUILAR DE HINOSTROZA, CONSUELO, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante "DON JOSÉ", con la multa equivalente al 5% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comerciar1, con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura témpora) por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 421-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR, a la infractora ARANGO MENDOZA, ERCILA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante- Cebichería "LAS DELICIAS", con la multa equivalente al 5% de la Unidad impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 420-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR, en forma solidaria al infractor GUTIÉRREZ CÁCERES, AVELINO en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de carpintería metálica y al señor ÁVILA MANCILLA, RICHARD, en su condición de propietario del predio donde viene funcionando la carpintería metálica, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 419-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR a la infractora a doña CONDE SULCA NEMIA OLINDA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 79, ubicado en el mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios" - código 05-089, y la aplicación de medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal siete días del establecimiento. |
| 418-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR a la infractora a doña BERNA QUISPE ANTONIA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 12, ubicado en el Jr. Bolívar - Ex Agallas de Oro, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios" - código 05-089, y la aplicación de medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 417-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR a la infractora a doña CONDE SULCA ALICIA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 80, ubicado en el interior del mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios" - código 05-089, y la aplicación de medida complementaría mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 416-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR a la infractora a doña GÓMEZ GARCÍA BELINDA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 77 ubicado en el interior del mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios" - código 05-089, y la aplicación de medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 415-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR a la infractora la Empresa LUGO PERÚ E.I.R.L, representada por su Gerente doña GODOY SUAREZ GRACIELA PENÉLOPE, en su condición de titular y conductora-del establecimiento comercial de venta de pinturas por mayor, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 414-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor don CÓRDOVA LA TORRE ALEJANDRO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de venta de artefactos electrodomésticos, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta y 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 413-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor la Empresa de INVERSIONES D&R PHARMA ASOCIADOS E.I.R.L., representada por su Gerente doña VICENTE SÁNCHEZ MAGALI JANETTE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de venta de medicamentos y-regalos, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 412-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor la Empresa de Transportes MÓVIL BUS S.A.C., representado por su Gerente don MATOS VARGAS ROBERTO; en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de venta de computadoras, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos "soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 411-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor don ROJAS LLACTAHUAMÁN SELMO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de reparación de refrigeradora, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 410-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor don GUERRA FLORES RUFINO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de taller de estructura metálica, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente/siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva-del establecimiento comercial. |
| 409-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor la Empresa INFOTRON E.I.R.L, representado por su Gerente don HURTADO DELGADO ELDER, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de venta de computadoras, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 408-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor don LEÓN HUAMÁN DAVID, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de restaurante, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos ochenta y 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 407-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor don JORGE PONCE ÓSCAR, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de taller de cerrajería, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 406-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor don MUÑOZ PINO SANTIAGO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de servicio de cerrajería y soldadura, con la multa equivalente al 15%-de una UIT vigente/siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 405-2016 | 30/05/16 | SANCIONAR al infractor don BERROCAL HUAMANTINCO WILLIAM ANTONIO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de venta de repuestos y servicio de mantenimiento de motocicletas, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2-de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 404-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora MARÍA CÁRDENAS Vda. de CAJAMARCA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 274 - Venta de artefactos ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 403-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora SIERRALTA VIDALÓN, LIDIA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Sastrería "GADDY", con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente de MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 402-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña HUARANCCAY RODRÍGUEZ MARY LUZ, en su condición-de-titular y conductora del establecimiento comercial de venta de abarrotes al por mayor y menor, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 401-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a las infractoras doña GAMARRA PALOMINO MARCIANA en su condición de propietaria del inmueble y solidariamente a doña-HUAMÁN .MENESES ELSA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de venta de servicio técnico de motos "miramotos", con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 400-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora Empresa A&S Motors e Inversiones E.I.R.L, representada por su Gerente BERROCAL YUYALI ANTUANETT AITANA WHITNEY, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de venta de motocicleta y repuestos, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 399-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña DE LA CRUZ VILLA GLADYS, en su condición de conductora del establecimiento comercial de cantina, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente) siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 nuevos soles (S/. 2,370.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 398-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña BAUTISTA VELÁSQUEZ FELICITAS YOLANDA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de venta de productos naturales "eco natural", corría multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 397-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña OLIVARES GARAMENDI DINA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de consultorio obstétrico, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 396-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, al infractor TUEROS GODOY, MARVIN, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 104 - venta de verdura ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50) por la infracción de “por no acatar las disposiciones emitidas-por-la administración del mercado”, con código N° 05-033;asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 395-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora RAMOS SAUÑE, SABINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 03 - venta de verdura ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/.197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado" con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 394-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora RAMÍREZ PALACIO, SILVIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 113 - venta de verdura ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado" con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 393-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora MACHACA SULCA, ROSANA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 117 - venta de verdura ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 392-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña VIVANCO AGUILAR JANET, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Salón de belleza SPA "NOVA", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 391-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora SANDOVAL HUAMÁN, SANDRA en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 127 - venta de verdura ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad, Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la disposición del mercado”, con código N° 05-033;asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 390-2016 | 24/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 215-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don CASTELLANOS COCA RENZO VALERIO, continuando con el acto administrativo. |
| 389-2016 | 24/05/16 | DECLARAR FUNDADA la solicitud de beneficio del fraccionamiento de pago de la deuda no tributaria, en tres cuotas diferidas, incluido los intereses, promovida por la administrada doña ROJAS HUAMÁN LIZETH SARITA, desde la fecha de la emisión de la presente Resolución, según el cuadro adjunto: |
| 388-2016 | 24/05/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Focalización N° 001115-2015-MPH de fecha 16 de marzo de 2016, debido que el responsable de conducir-el negocio no promovía o favorecía la prostitución clandestina, procediendo la devolución de los bienes retenidos temporalmente. |
| 387-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora CABEZAS JAUREGUI, GREGORIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 75 - reparación de calzados ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 386-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora GUTIÉRREZ CALDERÓN, CECILIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 31 Mz. "E"- Venta de artesanía, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 385-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, al infractor LIRA HUAMÁN, WALTER, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 21 Mz. "E"- Venta de artesanía, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 384-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña TORRES QUICHCA ELSA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de venta de plastiquería y regalos, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente; siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00-m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 383-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora QUISPE CRISÓSTOMO, LIDIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 21 Mz. "D"- Venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados, con código N° 05-014. |
| 382-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora GODOY OCHATOMA, NORMA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 61 Mz. "E"- Venta de remedios, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 381-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora REVOLLAR OCHATOMA, SONIA, en su condición de titular y conductora del puesto, de venta N° 53 Mz. "E"- Venta de remedios, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 380-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora OCHATOMA VILCATOMA, EDMUNDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 60 Mz. "E"- Venta de remedios, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 379-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora REVOLLAR OCHATOMA, DOMITILA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 52 Mz. "E"- Venta de remedios, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siéndola suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 378-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR, a la infractora TINEO ORIUNDO, ROSA HORTENCIA en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 43 Mz. "E"- Venta de artesanía, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 377-2016 | 24/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña TORRES ROMERO TIBE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de bodega, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 nuevos soles (S/. 2,370.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 376-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR al infractor don QUISPE SOCA JOAQUÍN, en su condición de titular y conductor puesto N° 64, sección de servicio de reparación de calzados, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 375-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR al infractor don PORRAS PALOMINO JOEL, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Restaurante-Pizzería "La Doña", con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592,50), por la infracción de "por almacenar alimentos y/o productos en mal estado dentro de la refrigeradora, congeladora y otros medios de conservación", con código N° 05-080; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial. |
| 374-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUINTANILLA HUAYTA SILVESTRE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante - Pollería, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente de ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción' de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento y la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento definitiva. |
| 373-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña HUAMÁN PALOMINO ELSA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 17, Mz. "E", sección de venta de artesanía, ubicado en el interior del mercado Andrés F, Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/ 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 372-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña TIPE SULCA PAULINA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 16, Mz. "E", sección de venta de artesanía, ubicado en el interior del mercado Andrés F, Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/ 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 371-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña CAHUANA OCHANTE JULIA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 14, Mz. "E", sección de venta de artesanía, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 370-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña FERNÁNDEZ MEJÍA ANA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 17, Mz. "C", sección de venta de carne roja, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la-suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/ 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 369-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña TIPE ONCEBAY FLORIZA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 49, Mz. "E", sección de venta de artesanía, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 368-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña RETAMOZO DEL PINO JESUSA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 30, Mz. "C", sección de venta de carne roja, ubicado en el interior del mercado Andrés Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 367-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña INFANZÓN HUAMÁN JUANITA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 50 Mz. "E", sección de venta de artesanía, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/ 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 366-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora MEDINA DE LA CRUZ, CIRILA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 126 – piñatería ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50) por la infracción de “por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N' 05-033; asimismo, la aplicación la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 365-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora ESPERANZA MUNAYLLA VDA. DE VALER, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 252 - venta de abarrotes ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo; la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 364-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora SALVATIERRA GÓMEZ, MARÍA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 280 - venta de jugos ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 363-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR al infractor don QUISPE CUARES ADOLFO, en su condición de titular y. conductor del puesto N° 269, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa.equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 362-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR al infractor don NUÑEZ LÓPEZ JOSÉ, en su condición de titular y conductor del, puesto N° 83, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de a UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 361-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña APANGO VARGAS GLADYS, en su condición de titular y conductora del puesto N° 154, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 360-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña CASTRO JANAMPA YESENIA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 11, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 359-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña VARGAS CHACCHI EUSEBIA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 153, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/.197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 358-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR al infractor don NUÑEZ CASTILLO JOSÉ LUIS, en su condición de titular y conductor del puesto N° 82, sección de venta de plástico, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la acción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 357-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora CASTELLARES GUILLEN, ALEJANDRINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 07 Mz. "A", ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 356-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora LLIUYA SALCEDO, FAUSTINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 09 Mz. "A", ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 355-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora CÉSPEDES SANTOS, FLAVIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 10 Mz. "A", ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 354-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora GONZALES ARMILLÓN, HERMELINDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 11 Mz. "A", ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5%"de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 353-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora MEZA PARÍAN, MARIBEL, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 02, ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 352-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña DE LA CRUZ CÓRDOVA MILUSKA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 03, Mz. "F", sección de venta de ropas, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 351-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña MEZA FERNÁNDEZ ANA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 12, Mz. "H", sección de venta de refrescos, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados"- código 05-014. |
| 350-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora RAMOS CORDERO, PAULINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 05, ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 349-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora GALVEZ ÑACARI, UBITA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 06, ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 348-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR, a la infractora YAROS BAUTISTA, .CELESTINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 04, ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 347-2016 | 17/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña CAHUANA OCHANTE MARUJA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 15, Mz. "E", sección de venta de artesanía, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y kiosco en los mercados" - código 05-014. |
| 346-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUISPE DE PARIONA MARÍA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 39, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 345-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUISPE MAURICIO MARÍA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 148, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 344-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña VARGAS QUISPE MARCELINA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 106, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 343-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña NUÑEZ CALVEZ MARCELINA, en su condición de titular y ductora de los puestos N° 144 y 145, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la, equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50)-,por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 342-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña CANCHO PAQUIYAURI JUANA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 257, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por-la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 341-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña SALVATIERRA GÓMEZ MARÍA, en su condición de titular y conductora del puesto N°280, sección de venta de jugo, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 340-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña ARROYO DE BAUTISTA DONATILDA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 281, sección de servicio de radio técnico, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 339-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña MENESES ZARATE FELIPA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 159, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la fracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 338-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña GÓMEZ ESPINOZA MARUJA, en su condición de titular y o conductora del puesto N° 02, sección de venta de pescado, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 337-2016 | 13/05/16 | SANCIONAR a la infractora doña VENTURA CANCHO BRIGITTE, en su condición de titular y. ductora del puesto N° 254, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 336-2016 | 11/05/16 | SANCIONAR, a la infractora CURI RIVEROS, ZENAIDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 64 Mz. "A"- Venia de carne, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "por vender fuera de su puesto y/o kiosco en los mercados", con código N° 05-014. |
| 335-2016 | 11/05/16 | SANCIONAR, a la infractora VALENZUELA GASTELÚ, EMILIA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante "PASCANA", con la multa equivalente al 25% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 987.50), por la infracción de "por comercializar productos alimenticios no aptos para el consumo humano", con código N° 05-084; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 334-2016 | 11/05/16 | SANCIONAR, a la infractora señora QUISPE CÓRDOVA, DINA ISABEL, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial chifa - pollería "ASSUMY"; con la multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la infracción de "por obstaculizar, resistirse y/o negarse a las acciones de control de la autoridad municipal - Código 05-051, de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones administrativas en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria. |
| 333-2016 | 11/05/16 | SANCIONAR, a la infractora ÁLVAREZ ENRÍQUEZ, IRMA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 27 - venta de comida ubicado en el interior del Mercado Playa Grau con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 332-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 252-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don BARRIENTOS SERNA'WILFREDO, continuando con el acto administrativo. |
| 331-2016 | 09/05/16 | DECLARAR FUNDADA la desafectación y devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don SOLIS REYMUNDEZ KEVIN JOEL. |
| 330-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don LAPA RAMOS ANDY WILLIAM. |
| 329-2016 | 09/05/16 | Declarar Fundada la solicitud de beneficio del fraccionamiento de pago de la deuda no tributaria, en tres cuotas diferidas, incluido los intereses, promovida por la administrada doña QUINTO ESCRIBA CARMEN VILMA SOFÍA, desde la fecha de la emisión de la presente Resolución, según el cuadro adjunto: |
| 328-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 114-2016-MPH/43.47, por falta de nueva prueba que permita variar la decisión de la autoridad que emitió el acto administrativo. |
| 327-2016 | 09/05/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 019-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña ROCA DE LA CRUZ MARÍA PURINA, continuando con el acto administrativo. |
| 326-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don CAHUANA MENDEZ JOSUE MILER. |
| 325-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 253-2016-MPH/43.47, promovida por la recurrente doña LLIUYA SALCEDO FAUSTINA, continuando con el acto administrativo. |
| 324-2016 | 09/05/16 | SANCIONAR, a la infractora ACOSTA RAMÍREZ, NELLY, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante "ACOSTA ", con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES (S/. 790.00), por la infracción de "por la falta de sanidad en la cocina, servicio higiénico y mobiliarios del establecimiento comercial", con código 05-093; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 323-2016 | 09/05/16 | SANCIONAR, a la infractora VENTURA SULCA, EDITH, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante "CHILE'S", con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES (S/.790.00), por la infracción de "por la falta de sanidad en la cocina, servicio higiénico y mobiliarios del establecimiento comercial", con código 05-093; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 322-2016 | 09/05/16 | SANCIONAR, al infractor CHOQUECAHUA ORE, JUAN BENIGNO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de restaurante "RINCONCITO", con la multa equivalente al 20% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES (S/. 790.00), por la infracción de "por la falta de sanidad en la cocina, servicio higiénico y mobiliarios del establecimiento comercial", con código 05-093; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 321-2016 | 09/05/16 | SANCIONAR, al infractor AROSTEGUI GUTIÉRREZ, LUIS DANTE, en su condición de representante legal (Gerente General) del establecimiento comercial de restaurante-piscina "VILLA LA ESTANCIA", con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 320-2016 | 09/05/16 | Dejar sin efecto, Notificación de Sanción N° 000924 y el Acta de Constatación o Fiscalización N° 001211-2016-MPH, ambos de fecha 09 de marzo de 2016, que sanciona a la supuesta infractora doña ARAUJO CCOCHACHI, GERARDA, por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; por no haber cumplido con subsanar voluntariamente el acto u omisión antes de la notificación de sanción. |
| 319-2016 | 09/05/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 035-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña PRADO CARITAS LIDIA GUMERCINDA, gerente General de la Empresa ECONO PHONE & CONECTIVITY S.A.C, continuando con el acto administrativo. |
| 318-2016 | 09/05/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el Recurso de nulidad contra la Resolución de Gerencia N° 154-201 6-MPH/43.47, promovido por el infractor don ALARCÓN QUISPE JUAN ALBERTO, continuando con el acto administrativo. |
| 317-2016 | 09/05/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 190-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora don BERNACHEA DELGADILLO MARVIN JAMES, continuando con el acto administrativo. |
| 316-2016 | 09/05/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 872-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don LETONA TORRES BILL ALBERT, continuando con el acto administrativo. |
| 315-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 020-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don RAMOS TENORIO JOSÉ ANTONIO, continuando con el acto administrativo. |
| 314-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 216-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don MACHACA CALLE ANTONIO, continuando con el acto administrativo. |
| 312-2016 | 09/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 162-2015-MPH/43.47, promovida por la recurrente doña QUISPE CRISÓSTOMO LIDIA, continuando con el acto administrativo. |
| 311-2016 | 06/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 177-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña CURO REYNOZO MAYFIRA MAYRA, continuando con el acto administrativo. |
| 310-2016 | 06/05/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 161-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña HUACCE ROBLES NANCY, continuando con el acto administrativo. |
| 309-2016 | 06/05/16 | SANCIONAR al infractor don MIGUEL ÁNGEL GAMARRA YAROS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de bar, con la multa equivalente al 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/. 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaría inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial, y la medida complementaria mediata la revocatoria de la licencia de apertura N° 04873. |
| 308-2016 | 06/05/16 | SANCIONAR, a la infractora ESCRIBA LAPA, NORMA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 307-2016 | 06/05/16 | SANCIONAR, al infractor REYMUZGO ALFONSO, DARÍO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 27 sección "B", ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 306-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, al infractor GODOY ZEVALLOS, FERNANDO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 28 sección "B", ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 305-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, a la infractora QUISPE TIPE, ANA MARÍA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 38, MZ. "B", sastrería, ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 304-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, a la infractora QUISPE PEÑALOZA, LIDIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 17 MZ. "B" - Venta de Ropa, ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente, a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 303-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, a la infractora MACOTE LUDEÑA, CECILIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 24 MZ. "B"- Venta de Comida, ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 302-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, en forma solidaria al infractor VARILLAS JUSTIL, NICANOR. MARCIANO en su condición de titular y conductor del puesto de venta y arreglo-accesorios de celulares y a "LAIME PALOMINO, EDGAR FRANCISCO, en su condición de propietario del establecimiento donde viene funcionando el puesto de venta y arreglo- accesorios de celulares, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 301-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, a la infractora ROJAS ARAUJO, CONSTANZA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 36 sección "B", ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 300-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, a la infractora GALINDO DE QUISPE, FELICITAS, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 39, MZ. "B"- Multiservicios, ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 299-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, a la infractora CUBA HUAMÁN, SONIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 40 -"B", ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 298-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, a la infractora ROJAS BAUTISTA, LOURDES, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 37 sección "B", ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 297-2016 | 05/05/16 | SANCIONAR, al infractor GODOY ARONÉS, JOSÉ MARÍA, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 33 sección "B", ubicado en el interior del Mercado Santa Clara, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta. |
| 296-2016 | 21/04/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Fiscalización N° 001344 notificado con la Notificación de Sanción N° 001123, por falta de pruebas suficientes que acrediten la infracción administrativa. |
| 295-2016 | 21/04/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Focalización N° 001227-2016-MPH de fecha 17 de marzo de 2016, debido que el responsable de hacer cumplir las disposiciones municipales es el contratista que estuvo administrando temporalmente la actividad comercial y no la titular de la autorización municipal. |
| 294-2016 | 21/04/16 | Dejar sin efecto, la Notificación de Sanción N° 000800 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0000921-2016-MPH, ambos de fecha 11 de marzo de 2016, que sanciona a los supuestos infractores MOSCOSO CENSIA, YONI y RIVERA RIVEROS, LINDER RÓMULO, por haber consignado erróneamente el monto de la sanción pecuniaria en la Notificación de Sanción y el Acta de Constatación y/o Fiscalización, archivando definitivamente el expediente administrativo. |
| 293-2016 | 21/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña MENDOZA AUQUI TRINIDAD, en su condición de conductora del establecimiento comercial de bodega - restaurante "la última esperanza", con la multa equivalente al 100% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3,950.00), por la infracción de "permitir el ingreso al establecimiento a menores de edad", con código N° 08-012; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial y la medida mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201003595. |
| 292-2016 | 21/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña ANAYA ROJAS, YUSI YOVANA en su condición de titular y conductora del puesto de venta de dulces y bocaditos, con la multa equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la infracción de "por no conducir personalmente el puesto o ausentarse sin hacer de conocimiento a la autoridad municipal" - código 05-034. |
| 291-2016 | 21/04/16 | SANCIONAR, al infractor VEGA DE LA CRUZ, SATURNINO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Diseño e Imprenta, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580,00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 290-2016 | 21/04/16 | SANCIONAR, al infractor ILIZARBE SOLANO, JOSÉ LUIS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Pirotecnia "Virgen del Carmen", con la multa equivalente al 15% • de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 (S/ 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 289-2016 | 21/04/16 | SANCIONAR, en forma solidaria a los infractores HUAMÁN MOSCOSO, ÓSCAR y ALANYA DELGADO, NELLY, en su condición de titulares y conductores del establecimiento comercial de Pirotécnica "MIL MARAVILLAS", con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/1,580.00) por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 288-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR al infractor don TUMIALAN VENTURA CLEVER ROLANDO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de marisquería - picantería internacional, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/. 5,925.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura temporal (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-007; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial, y la medida complementaria mediata la revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201607271. |
| 287-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña PÉREZ SANDOVAL GIMMIA VIT, en su condición de conductora del establecimiento comercial de restaurante, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/. 5,925.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento comercial que se encuentra sancionado con clausura temporal", con código N° 08-007; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 286-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, al infractor GALA VILLANUEVA, CARLOS, en su condición de representante legal (Gerente General) de la empresa "CONTRATISTAS GENERALES MACRO CONSTRUCTORES GALA'S S.A.C" con la multa equivalente al 25% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 987.00 (NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-126; asimismo, la aplicación de la medida.complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 285-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, al infractor VALENCIA PALOMINO, HUGO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Hospedaje "VALENCIA", con la multa equivalente al 60% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 2,370.00 (DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-126; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 284-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, al infractor FERNÁNDEZ ÁVILA, EDGAR, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Restaurante-Chifa "ÁVILA", con la multa equivalente al 40% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 283-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, a la infractora CAMPOS PICHARDO, MAURICIA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Vidriería, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente de MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 282-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, a la infractora HUAMÁN ROJAS, AYDECITA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Restaurante-venta de comida, con la multa equivalente al 15% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 281-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, a la infractora GUTIÉRREZ ANDRADE, ESTHER, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Multiservicios "EGA" Venta de Ropas y Calzados, con la multa equivalente al 40% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente de MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada", con código N° 05- 124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 280-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, a la infractora a doña CONDE SULCA, NEMIA OLINDA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 79- sección de venta de comida, ubicado en el Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios" - código 05-089, y la aplicación de medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 279-2016 | 13/04/16 | SANCIONAR, al infractor FERNÁNDEZ BENDEZU, WALTER, en su condición de representante legal (Gerente General) de la empresa "TIENDAS DIVAL S.A.C" con la multa equivalente al 60% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 2,370.00 (DOS MIL TRESCIENTOS-SETENTA CON 00/100 SOLES), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-126; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 278-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña GARCÍA AYALA DELFINA, en su condición de titular y conductora de la tienda N° 04, sección de venta de kerosene y otros, ubicado en el exterior del Mercado Magdalena entre el Jr. Unión ;N° 117, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 277-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña SOLÍS VARGAS JUANA, en su condición de titular y conductora del puesto N° 10, sección de venta de mercería, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa Equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 276-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR al infractor don GODOY PÉREZ ZENÓN, en su condición de titular y conductor de la tienda N° 03, sección de venta de librería, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 275-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR al infractor don TORRES ROJAS PABLO RUBÉN, en su condición de titular y ductor de la tienda N° 26 y la cámara frigorífica, sección de venta de pescado, ubicado en el exterior del Mercado Magdalena entre el Jr. Unión N° 127, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 274-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña GUTIÉRREZ QUINTEROS ROSA, en su condición de titular y conductora del stand s/n, sección de venta de comida, ubicado en el exterior del Mercado Magdalena en el Jr. Roma s/n, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 273-2016 | 11/04/16 | DECLARAR FUNDADA la desafectación y la devolución del bien mueble que consiste en Computadora portátil marca TOSHIBA, modelo P755-OCP 3D, serie N° XB027809K, de color negro con pantalla 15,6", al recurrente don CCAULLA TACSI CARLOS FULGENCIO. |
| 272-2016 | 11/04/16 | DECLARAR FUNDADA la desafectación y la devolución del bien mueble retenido temporalmente consistente una vídeo rockola pequeña de pared de color rojo - verde y su parlante, al propietario don Edgar Fernández Melgar, debidamente representado con la Carta Poder por el señor VILLALOBOS CÁRDENAS FÉLIX. |
| 271-2016 | 11/04/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 138-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña MÉNDEZ GÓMEZ MARCELA, continuando con el acto administrativo. |
| 270-2016 | 11/04/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 145-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña GARCÍA VIUDA DE TINOCO FAUSTINA, continuando con el acto administrativo. |
| 269-2016 | 11/04/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 140-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña DELGADO DE OREJÓN MARÍA ANA, continuando con el acto administrativo. |
| 268-2016 | 11/04/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 193-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don LICAS LICAPA BELTRÁN, continuando con el acto administrativo. |
| 267-2016 | 11/04/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 139-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña ENRIQUEZ DE NOLAZCO VICTORIA, continuando con el acto administrativo. |
| 266-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña PRADO HUAMANI, VANESA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 07-E sección de venta de jugo, ubicado en el interior del Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 3% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/118.50 (CIENTO DIECIOCHO CON 50/100 SOLES), "por elaborar y expender alimentos con anillos, aretes, pulseras, uñas pintadas que atentan contra la salud", con código N° 05-091; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal del establecimiento por siete días. |
| 265-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR, a la infractora doña GUTIÉRREZ ANDRADE, ESTHER, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Cabina de Internet, con la multa equivalente al 15% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 592.50 (QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 50/100 SOLES), por la infracción de "no exhibir en lugar visible la licencia de funcionamiento vigente", con código N° 05-137, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria, por los argumentos expuestos; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 264-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR, a la infractora doña DE LA CRUZ MEJÍA, KARINA YULISA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 07- sección venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente , siendo la suma ascendente a MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1185.00), por la infracción dé "Por transferir, prestar, alquilar y/o sub arrendar los puestos, sin autorización municipal", con código N° 05-012, Asimismo la aplicación de la medida complementaria mediata de declaración de vacancia del Puesto de venta: |
| 263-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR, a la infractora doña DE LA CRUZ MEJÍA, MARIELA TATIANA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 06- sección venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 30% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente , siendo la suma ascendente a MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES (S/. 1185.00), por la infracción de "Por transferir prestar, alquilar y/o sub arrendar los puestos, sin autorización municipal", con código N° 05-012. Asimismo la aplicación de la medida complementaria mediata de declaración de vacancia del Puesto de venta: |
| 262-2016 | 11/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña CAYLLAHUA ZAGASTIZAVAL AMÉRICA, en su condición de titular y conductora de la tienda N° 10, sección de venta de bazar, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la -.infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 261-2016 | 07/04/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 183-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don MOLINA LLANTOY GILBERTO, continuando con el acto administrativo. |
| 260-2016 | 07/04/16 | RECTIFICAR el cuarto considerando de la mencionada resolución que decía "Que, procede verificar el comprobante de pago que consiste en boleta de venta 002 N° 000020 de fecha 25 de octubre de 2015, emitido por Villanueva Domínguez Alan Luciano, a favor del cliente don Huamán Ccente Emilio, para acreditar su titularidad del bien mueble, presenta el comprobante de pago ilegible que no permite distinguir e identificar las características del bien, (...), es así no pudo acreditar fehacientemente que es el propietario del bien, deviniendo infundada su petición; Debe decir: "Que, procede verificar el comprobante de pago que consiste en boleta de venta 002 N° 000020 de fecha 25 de octubre de 2015, emitido por Villanueva Domínguez Alan Luciano, a favor del cliente don Huamán Ccente Emilio, para acreditar su titularidad del bien mueble de rockola, permitiendo distinguir e identificar las características del bien materia de reclamación, (...); y RECTIFICAR el artículo primero de la mencionada resolución que decía "ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución del bien mueble retenido temporalmente, promovido por el recurrente don HUAMÁN CCENTE EMILIO"; Debe decir; "ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR FUNDADA la desafectación y la devolución del bien mueble retenido temporalmente, promovido por el administrado don HUAMÁN CCENTE EMILIO”. |
| 259-2016 | 07/04/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 082-2016-MPH/43.47, promovida por la supuesta conductora del puesto doña SULCA OCHANTE HAYDE, debido que dicho puesto conduce el infractor don PACHECO ZAMORA CRISTIAN, debidamente empadronado en el libro padrón de los comerciantes minoristas del mercado, continuando con el acto administrativo. |
| 258-2016 | 07/04/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 133-2016-MPH/43.47, promovida por la supuesta conductora del puesto doña SULCA OCHANTE HAYDE, debido que dicho puesto conduce la infractora doña MEJÍA HUAMÁN MARÍA LUZ, debidamente empadronado en el libro padrón de los comerciantes minoristas del mercado, continuando con el acto administrativo. |
| 257-2016 | 07/04/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 180-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don LICAS LICAPA BELTRÁN, continuando con el acto administrativo. |
| 256-2016 | 07/04/16 | SANCIONAR, al infractor GARCÍA DE LA CRUZ, CIPRIANO URBANO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de vidriería "SANTA CATALINA", con la multa equivalente al 40% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 255-2016 | 07/04/16 | SANCIONAR, al infractor CAMPOS PICHARDO, ÁNGEL, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de vidriería "ÁNGEL", con la multa equivalente al 40% de una Unidad impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 254-2016 | 07/04/16 | SANCIONAR, al infractora a doña CÉSPEDES SANTOS, FLAVIA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 10-Mz. A- sección de venta de comida, ubicado en el Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios" – código 05-089, y la aplicación de medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 253-2016 | 07/04/16 | SANCIONAR, al infractora a doña LLIUYA SALCEDO, FAUSTINA, en su condición de titular y conductora del Puesto N° 09-M.z A - sección de venta de comida, ubicado en el Mercado Mariscal Cáceres, con la multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no utilizar mandil o guardapolvo, mascarilla, gorra y guantes como uniforme de trabajo para los que expenden productos alimenticios" – código 05-089, y la aplicación de medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 252-2016 | 07/04/16 | SANCIONAR al infractor BARRIENTOS SERNA, WILFREDO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Librería - Imprenta "CHE BREYSON"; con la multa equivalente al 10% de una Unidad Impositiva tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), por la infracción de "realizar el cambio de domicilio sin poner conocimiento de la Municipalidad" - código 05-130, de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones administrativas en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria; asimismo disponer las medida complementarias mediatas de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura definitiva del establecimiento. |
| 251-2016 | 05/04/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 121-2016-MPH/43.47, promovida por la infractora doña HUAMÁN QUISPE SOFÍA, continuando con el acto administrativo. |
| 250-2016 | 05/04/16 | DECLARAR FUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, los siguientes: controlador pionner SZ s/n NEMP 004709 EH y controlador pionner SR s/n MJIFN 00790, a su propietario y recurrente don CÁRDENAS TAYPE HUDSON ÓSCAR. |
| 249-2016 | 05/04/16 | Dejar sin efecto el Acta de Constatación y Fiscalización N° 001204-2016-MPH de fecha 24 de febrero de 2016 y la respectiva Notificación de Sanción N° 000917 por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada" - código 05-124, en razón a que la titular y conductora PILLACA CUYA, MERCEDES, cuenta con licencia de funcionamiento N° 201607286 con fecha de vigencia 20-01-2016 hasta 20-01-2017 que autoriza el Giro Ferretería - venta de artículos de limpieza. |
| 248-2016 | 05/04/16 | SANCIONAR, al infractor don TORRES HUAMÁN, ALEJANDRO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de CERRAJERÍA Y SOLDADURA, con la multa equivalente al 20% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 790.00 (SETECIENTOS NOVENTA CON 00/100 SOLES), por la infracción de "Por utilizar la vía pública y/o frontis de su establecimiento para expender, almacenar y/o apilar mercaderías en general" - código 05-028. |
| 247-2016 | 05/04/16 | SANCIONAR, al infractor ARCE PALOMINO, JUAN, en su condición de titular y '' conductor del establecimiento comercial de venta de ropas importadas "IMPORT FASHION", con la multa equivalente al 40% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05- 124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 246-2016 | 05/04/16 | SANCIONAR, al infractor ZUASNABAR RAMOS, HELMUT, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Imprenta, con la multa equivalente al 40% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 245-2016 | 05/04/16 | SANCIONAR, al infractor INFANZÓN QUINTANILLA, WALTER en su condición de Gerente General de "F & W CONTRATISTAS GENERALES S.A.C" establecimiento de oficina de ejecución de obras y alquiler de maquinarias pesadas y afines con la multa equivalente al 40% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 244-2016 | 05/04/16 | SANCIONAR, a la infractora DE LA CRUZ CÁRDENAS, GLENDA ROSARIO, en su condición de Titular y conductora del establecimiento comercial de Multiservicios "ROUSS" - Piñatería - Regalos y otros, con la multa equivalente al 40% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 243-2016 | 05/04/16 | SANCIONAR, a la infractora doña JAYACC GAMBOA, LUCILA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 32- sección venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033. |
| 242-2016 | 04/04/16 | RECTIFICAR el cuarto considerando de la mencionada resolución que decía "Que, la recurrente presenta el Recibo N° 008528 de fecha 11/02/2016, dicho pago corresponde al mes de enero de 2016 por concepto de alquiler de puesto, es así no acredita fehacientemente de haber pagado puntualmente la obligación correspondiente a los meses de agosto, setiembre y octubre de 2015, (...), Debe decir: "la recurrente presenta el Recibo N° 001469 por concepto de alquiler del puesto, corresponde a los meses de noviembre y diciembre de 2015, acreditando fehacientemente de haber pagado puntualmente la obligación" y RECTIFICAR el artículo primero de la mencionada resolución que decía "ARTICULO PRIMERO.- DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 1075-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña MEJÍA HUAMÁN ELMA"; Debe decir: "DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 1075-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña MEJÍA HUAMÁN ELMA GABY. |
| 241-2016 | 05/04/16 | SANCIONAR al infractor don PRADO AQUINO FÉLIX, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de night club, con la multa equivalente al 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/. 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva y/o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 240-2016 | 04/04/16 | SANCIONAR al infractor don YALLE GUILLEN WITMAN GROVER, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de abarrotes, por haber modificado el giro autorizado para el giro de bar, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 nuevos soles (S/. 2,370.00), por la infracción de "modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura temporal de tres meses del establecimiento comercial y la revocatoria de la licencia de apertura. |
| 239-2016 | 04/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña CÁRDENAS ALARCÓN DELMIRA LOURDES, en su condición de conductora del establecimiento comercial de night club, con la multa equivalente al 100% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3,950.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-002; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 238-2016 | 04/04/16 | SANCIONAR, a los infractores FIGUEROA RIVEROS, ZENOBIA y YARANGA LÓPEZ, ZENÓN, en su condición de conductores del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 30% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a UN MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1,185,00), que deberán pagar en forma solidaria, por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 237-2016 | 04/04/16 | SANCIONAR, a la infractora doña LIZANA CANGANA, VALERIA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Gigantografías - Imprenta-Papelería y otros, con la multa equivalente al 40% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente de UN MIL QUINIENTOS OCHENTA CON 00/100 SOLES (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 236-2016 | 04/04/16 | SANCIONAR, al infractor SILVA LUCANA, WILMAN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Grass Sintético "LA BOMBONERA", con la multa equivalente al 60% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/. 2,370.00 (DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-126; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 235-2016 | 04/04/16 | SANCIONAR al infractor don TUMIALAN VENTURA CLEVER ROLANDO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de marisquería --picantería internacional por haber modificado el giro autorizado para el giro de bar, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 nuevos soles (S/. 2,370.00), por la infracción de "modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura temporal de tres meses del establecimiento comercial y la revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201607271. |
| 234-2016 | 04/04/16 | SANCIONAR a la infractora doña YARANGA TORRES GLADYS, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Cafetería - comida al paso, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/. 5,925.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura temporal (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-007; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial, y la medida complementaria mediata la revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201506733. |
| 233-2016 | 28/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 072-2016-MPH/43.47, incoada por el infractor don GAMARRA VAROS MIGUEL ÁNGEL, continuando, .con el acto administrativo. |
| 232-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractoras doña PRADO CARITAS, LIDUVINA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Restaurante - chifa "EL FOGÓN", con la multa equivalente al 60% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 2,370.00 (DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 00/100 SOLES), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con Licencia de funcionamiento en locales mayores a 100.00 m2.de área ocupada", con código N° 05-126; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 231-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña PILLPE PEÑA, NELLY OLGA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 02- sección venta de especería, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente , siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 230-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, al infractor don GODOY YUPANQUI, JUAN CARLOS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de restaurarte - marisquería "KILLARI", con la multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaría (UIT), siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197.50), por la infracción de "por la falta de sanidad de pisos, paredes, techos y otros recintos del establecimiento comercial", con código N° 05-092; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento comercial y revocatoria de Licencia de Funcionamiento. |
| 229-2016 | 28/03/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 014-2016- MPH/43.47 y la Resolución de Gerencia N° 766-2015- MPH/43.47, promovida por la administrada doña PAREDES VILLANUEVA ELIZABETH, archivando definitivamente el acto administrativo. |
| 228-2016 | 28/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 949-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña PRADO MALDONADO ANA MARÍA, continuando con el acto administrativo. |
| 227-2016 | 28/03/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 015-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don PALOMINO MENDOZA AMÉRICO, continuando con el acto administrativo. |
| 226-2016 | 28/03/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 075-2016-MPH/43.47, promovido por el recurrente don MORALES MILLER EUSEBIO, continuando con el acto administrativo. |
| 225-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña CCASANI JANAMPA, VILMA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 78, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente , siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 224-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña HUAMANÍ DE LA CRUZ ENRIQUETA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 83 interior, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 soles (S/. 197.50) por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 223-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña GÓMEZ GARCÍA, BELINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 77, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una Unidad Impositiva Tributaria, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033: asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 222-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña RAMÍREZ PALACIOS, SILVIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 113., sección de venta de verduras, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una Unidad impositiva Tributaria (UIT), siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 soles (S/. 197.50), por la infracción de-"por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 221-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora BOHÓRQUEZ RIVERA, CARMEN ROSA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Venta de Repuestos para Vehículos "HIERRAM MAQUINARIAS"; con la multa equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (Trescientos noventa y cinco con 00/100 Soles), por la infracción de "realizar el cambio de domicilio sin poner conocimiento de la Municipalidad" - código 05-130", de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones administrativas en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria: |
| 220-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña HINOSTROZA LUYO, AYDEE, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 87, sección de venta de Abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 soles (S/. 197.50) por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033: asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 219-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña ALVITES VENTURA, CARMEN JULIA, en su condición de Titular y conductora del establecimiento comercial de "FAMILY RESTAURANT ", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/ 1,580,00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 218-2016 | 28/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña QUISPE TELLO, MARÍA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 04- sección venta de especería, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente , siendo la suma ascendente a CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 50/100 SOLES (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 217-2016 | 21/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N°108-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don MOLINA LLANTOY GILBERTO, continuando con el acto administrativo. |
| 216-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR, al infractor don MACHACA CALLE, ANTONIO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Servicio de Internet y fotocopiadora, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 215-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR, al infractor don CASTELLANOS COCA, RENZO VALERIO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Bazar- Librería "D’ RENZOL", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 214-2016 | 21/03/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Fiscalización N° 001081-2016-MPH, promovida por la administrada doña HUAMANÍ CARBAJAL DE VILCA HAYDEE, archivando definitivamente el acto administrativo. |
| 213-2016 | 21/03/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovida por la recurrente doña NUÑEZ DE CONDORI MARINA. |
| 212-2016 | 21/03/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 373-2015-MPH/43.47, promovida por la administrada doña HUAMÁN QUISPE SOFÍA. |
| 211-2016 | 21/03/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 373-2015-MPH/43.47, promovida por la administrada doña QUISPE TINEO PATROCINIA. |
| 210-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR al infractor don FUENTES ROJAS, JORGE RAFAEL; conductor y titular del establecimiento comercial de venta al por mayor y menor de pollos y solidariamente a FUENTES ROJAS, EDY FERNANDO, en su condición de gerente de la empresa "REPRESENTACIONES Y NEGOCIOS FUENTES E.I.R.L", con la multa equivalente al 8% de una UIT, siendo la suma ascendente a S/ 316.00 (trescientos dieciséis con 00/100 soles), por la infracción de "por beneficiar aves dentro del establecimiento comercial sin condiciones sanitarias básicas", con código 05-057, notificándose en el inmueble ubicado en el AA.HH Covadonga Mz. T2 Jote 4; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento. |
| 209-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR al infractor don ROJAS QUISPE, LUIS ÁNGEL, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Ferretería, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/1,580.00), por la infracción de 'apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 208-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR al infractor don ABREGU CANALES, EFRAÍN RODRIGO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Consultorio Dental "ABREGU", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 207-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña LEÓN RODAS, KATTIA MIRIAN, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Consultorio Dental, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 206-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR al infractor don CHÁVEZ VILCARANO, WILMER ALCIDES, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos noventa y dos con 50/100 soles (S/ 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 205-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR al infractor don ROMERO GOZME AGUSTÍN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de picantería - chicharronería por haber modificado para el giro de bar, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 nuevos soles (S/. 2,370.00), por la infracción de "modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal" con código 08- 006; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura temporal de tres meses del establecimiento comercial y la revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201506912. |
| 204-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR al infractor don POZO CHÁVEZ FERNANDO, en su condición de conductor del establecimiento comercial de discoteca - bar con la multa equivalente al 100% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil novecientos cincuenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3.950.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-002: asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 203-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña NAVARRO REYMUNDEZ LUZELI MARINA, en su condición de conductora del establecimiento comercial de bar con la multa equivalente al 30% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil ciento ochenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1,185.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 202-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña CONDORI NUÑEZ YEMNY DIANA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de karaoke, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/ 5,925.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura temporal (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-007; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y1 la clausura definitiva del establecimiento comercial, y la medida complementaria mediata la revocatoria de la licencia de Apertura. |
| 201-2016 | 21/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUISPE BARRIOS, RAYDA SUNILDA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "COPIAS FOTOSTÁTICAS", con la multa equivalente al 30% de una UIT, siendo la suma ascendente a S/1,185.00 (Un mil ciento ochenta y cinco con 00/100 soles), por la infracción de "modificar el giro de negocio sin autorización municipal" - código 05-129, notificándose en el inmueble ubicado en el Jr. Callao N° 289, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria, por los argumentos expuestos. |
| 200-2016 | 21/03/16 | DECLARAR FUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, los siguientes; una cama de madera de 2 plazas color marrón, una cama de 1 1/2 plazas de color crema, un colchón de 2 plazas de color crema, un colchón de 1 1/2 plazas color guindo, dos sillas de madera color marrón, una mesa de madera de color caoba, todos en estado regular, a su propietario y recurrente doña YUPANQUI QUICAÑA ANA. |
| 199-2016 | 17/03/16 | SANCIONAR, a la infractora FLORES CERVANTES, VICENTA BERTHA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial con giro de negocio de "Play Station y Cabinas de internet", con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a la suma de S/ 592. 50 (quinientos noventa y dos con 50/100 Nuevos Soles), por la infracción de "modificar el área del establecimiento comercial, consignada en la licencia de funcionamiento" - código 05-133; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura temporal por siete días calendarios. |
| 198-2016 | 17/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña QUISPE MANCILLA, DELIA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 soles (S/ 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva y/o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 197-2016 | 17/03/16 | SANCIONAR, a la infractora doña PÉREZ SANDOVAL, GIMNIA VIT, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de restaurante "El Buen Sabor", con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos setenta con 00/100 soles (S/. 2,370.00), por la infracción de "Modificar de giro de negocio y/o ampliar en un giro distinto, sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de las medidas complementarias mediatas de clausura definitiva del establecimiento comercial y revocatoria de la Licencia de funcionamiento. |
| 196-2016 | 17/03/16 | DECLARAR IMPROCEDENTE el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 872-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don LETONA TORRES BILL ALBERT, continuando con el acto administrativo. |
| 195-2016 | 17/03/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Fiscalización N° 001305-2016-MPH, promovido por el recurrente don NEYRA ARRIAC3A ALBERTO ENMANUELLE, archivando el acto administrativo. |
| 194-2016 | 17/03/16 | DEJAR SIN EFECTO el Acta de Constatación y Fiscalización N° 001040-2016-MPH de fecha 02 de febrero de 2016 y la notificación de Sanción N° 000820 de fecha 02de febrero de 2016, por haber subsanado el acto omitido antes de la imposición de sanción administrativa, archivando definitivamente el proceso. |
| 193-2016 | 17/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 113-2016-MPH/43.47, promovido por el infractor don LICAS LICAPA BELTRÁN, continuando con el acto administrativo. |
| 192-2016 | 17/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 019-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña ROCA DE LA CRUZ MARÍA PURINA, continuando con el acto administrativo. |
| 191-2016 | 15/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 965-2015-MPH/43.47, promovido por el supuesto representante del infractor don MEZA GÓMEZ JEAN PAUL, continuando con el acto administrativo. |
| 190-2016 | 15/03/16 | DECLARAR INFUNDADA la solicitud de descargo contra la Resolución de Gerencia N° 577- 2015-MPH/43.47, promovido por el recurrente don BERNACHEA DELGADILLO MARVIN JAMES, continuando con el acto administrativo. |
| 189-2016 | 15/03/16 | SANCIONAR al infractor don MAMANI TICONA, ELEUTERIO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial Venta de Autopartes y Torno de Jebes para Vehículos; con la multa equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (Trescientos noventa y cinco con 00/100 Soles), por la infracción de "realizar el cambio de domicilio sin poner conocimiento de la Municipalidad" - código 05-130", de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones administrativas en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria. |
| 188-2016 | 15/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña BAUTISTA PÉREZ ISABEL, en su condición de conductora del establecimiento comercial de taberna, con la multa equivalente al 70% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil setecientos sesenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 2,765.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada", con código N° 03-002; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 187-2016 | 15/03/16 | SANCIONAR, al infractor don SULCA EFFIO, JOSÉ, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial “HOSPEDAJE IMPERIO”; con la multa equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, siendo la suma ascendente a S/ 395.00 (Trescientos noventa y cinco con 00/100 Soles), por la infracción de "por negarse o mostrar resistencia y/o obstaculización a las acciones de fiscalización y control efectuados por la autoridad municipal - Código 05-003, de acuerdo a lo establecido en el Cuadro de Infracciones y Sanciones administrativas en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria. |
| 186-2016 | 15/03/16 | SANCIONAR al infractor don SUASNABAR TERREL, VÍCTOR RAÚL, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de “VENTA DE VIDEOS CDs-COPIAS Y TIPEOS”, con la multa equivalente al 30% de una UIT, siendo la suma ascendente a S/.1,185.00 ( mil ciento ochenta y cinco con 00/100 soles), por la infracción de "modificar el giro de negocio sin autorización municipal" - código 05-129, notificándose en el inmueble ubicado en el Jr. 2 de Mayo N° 337, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria, por los argumentos expuestos; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocación de la licencia de funcionamiento y la clausura definitiva del establecimiento. |
| 185-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don MEJÍA ENCISO JOSÉ, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 83, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 184-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don QUISPE LEIVA ROLANDO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 314, sección de venta de mercería, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau: con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de ''por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura témporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 183-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don MOLINA LLANTOY GILBERTO, en su condición de titular y conductor de los puestos de venta N° 308 y 309, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos sotes (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 182-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don HUAMÁN FLORES ALEJANDRO., en su condición de titular y conductor del puesto do venta N° 183, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 00/100 nuevos soles (S/, 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 181-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don CERDA LLALLAHUI PEDRO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N°132, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/.197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 180-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don LICAS LICAPA BELTRÁN en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 128, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau con la multa equivalente al 5% de una UIT siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la Infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 179-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don YUPANQUI MIRANDA ANTONIO, en su; condición de titular y conductor del puesto de venta N° 259, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033: asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 178-2016 | 09/03/16 | OTORGAR la Sucesión de Continuidad de Conducción del puesto N° 06, Mz. "A" Sección venta de jugos, ubicado en el Mercado Andrés F. Vivanco, a favor de la recurrente doña AYALA VÁSQUEZ VILMA AURORA, desde la fecha de 09 de setiembre de 2015 hasta 08 de setiembre de 2016, pudiendo renovarse por mutuo acuerdo de ambas partes, la resolución de concesión siempre y cuando no infrinja las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 012-2004-MPH/CM y otras disposiciones municipales. |
| 172-2016 | 08/03/16 | DECLARAR FUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 659-2015-MPH/43.47, promovida por la administrada doña AYALA REMÓN EDITH, archivando definitivamente el acto administrativo. |
| 171-2016 | 08/03/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de bien mueble retenido temporalmente, promovido por el recurrente don HUAMÁN CCENTE EMILIO. |
| 170-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don QUISPE YUCRA VÍCTOR, en su condición de titular v conductor del establecimiento comercial do Venta de Materiales Eléctricos en General, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/1 580 00) por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 169-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don VERA IDONE, JUAN DENIS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Clínica Oftalmológica "Centro Visual", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 168-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don RAMOS MORALES, HUGO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Restaurant - Cevichería "TRIKAS BARRAS CEVICHERA", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/ 1,580.00), por la. Infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 167-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR a la administrada doña YULI MIRIAM LAGOS POZO en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial "Tienda Comercial Venta de Bebidas - Bodega" con la multa equivalente al 30% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil ciento cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1155.00), por la infracción de "modificar el giro de negocio sin autorización municipal", con código 05-129, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A y su modificatoria, por los argumentos expuestos; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocar la licencia de funcionamiento y clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 166-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR al infractor don MARTÍNEZ ARONÉS, PEDRO CHRISTIAN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Servicio de Cabina de Internet "INTER - COP", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/ 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 165-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña TINOCO CURIPACO, MARIANELA, en su condición de Gerente del establecimiento comercial de venta de colchones y muebles "COLCHONERÍA Y MUEBLERÍA PARAÍSO EIRL”, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 164-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña VARGAS AYALA, TERESA, en su condición de titular y conductora del venta de Jugos, ubicado en el Interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 10% de una UIT, siendo la suma ascendente a trescientos noventa y cinco con 00/100 soles (S/. 395.00), por la infracción de "por comercializar productos con fecha de vencimiento expirado" con código N° 05-086; asimismo, la aplicación de medida complementaria inmediata de decomiso de productos expirados. |
| 163-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don ÁLVAREZ ENRÍQUEZ, JIMY EDUAR, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 40-H, sección de venta de abarrotes , ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 10% de una UIT, siendo la suma ascendente a trescientos noventa y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 395.00), por la infracción de "por comercializar productos con fecha de vencimiento expirado" con código N° 05-086; asimismo, la aplicación de medida complementaria inmediata de decomiso de productos expirados. |
| 162-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUISPE CRISÓSTOMO, LIDIA , en su condición de titular y conductora del venta de abarrotes, ubicado en el Interior del Mercado Andrés F. Vivanco, con la multa equivalente al 10% de una UIT, siendo la suma ascendente a trescientos noventa y cinco con 00/100 soles (S/. 395.00), por la infracción de "por comercializar productos con fecha de vencimiento expirado" con código N° 05-086; asimismo, la aplicación de medida complementaria inmediata de decomiso de productos expirados. |
| 161-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña HUACCE ROBLES NANCY, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de bodega por haber modificado para el giro de bar o cantina, con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ciento sesenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3,160.00), por la infracción de "modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal" con código 08-006; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura temporal de tres meses del establecimiento comercial y la revocatoria de la Licencia de funcionamiento N° 201204069. |
| 160-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don FIGUEROA DURAN ELDER, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de cevichería - bar, con la multa equivalente al 20% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a setecientos noventa con 00/100 nuevos soles (S/. 790.00), por la infracción de "no exhibir en un lugar visible el original de la licencia de funcionamiento vigente" con código N° 08-009; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura temporal por tres días del establecimiento comercial. |
| 159-2016 | 09/03/16 | SANCIONAR a los infractores don QUISPE PIZARRO, BENJY IVANOVICH y doña LÓPEZ YUPARI, ROXANA, en su condición de titulares y conductores del establecimiento comercial de Venta de Electrodomésticos "Electro Hogar", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 158-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don ROJAS VILCARANO, EDISON CHRISTIAN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Venta De Accesorios para Vehículos "Adornos", con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de quinientos noventa y dos con 50/100 soles (S/ 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 157-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don CRUZ ORTEGA, SANTOS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Venta De Repuestos y Accesorios para Vehículos "Adornos", con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de quinientos noventa y dos con 50/100 soles (S/ 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00. m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 156-2016 | 08/03/16 | SANCIONAR al infractor don FLORES QUISPE, GREGORI, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Venta de Calzados, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 soles (S/, 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 155-2016 | 01/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 927-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don GAMARRA. YAROS MIGUEL ÁNGEL, continuando con el acto administrativo. |
| 154-2016 | 01/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 910-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don ALARCÓN QUISPE JUAN ALBERTO, continuando con el acto administrativo. |
| 153-2016 | 01/03/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de nulidad contra la Resolución de Gerencia N° 931- 2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don VÍCTOR QUISPE YUCRA, continuando con el acto administrativo. |
| 152-2016 | 01/03/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don MAXS ROYER CAHUANA MÉNDEZ. |
| 151-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR al infractor don TUEROS GODOY MARVIN, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 104, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por fa infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 150-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña ORE LAPA GLADYS, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 96, sección de venta de verdura, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 149-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña GARCÍA MESAICO CIRILA FIDELA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 11, sección de venta de carne, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 148-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña HUARÁZ GARCÍA EDITH ROCÍO, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 12, sección de venta de carne, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 147-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña TAPAHUASCO SULCA PRUDENCIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 73, sección de venta de carne, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 146-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña SANDOVAL HUAMÁN SANDRA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 127, sección de venta de verdura, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 145-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña GARCÍA INFANZÓN FAUSTINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 125 sección de venta de verdura, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos sotes (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 144-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña DE LA CRUZ LA ROSA ALEJANDRINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 85, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 143-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña LUJAN SOTO MARISELA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 60, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 142-2016 | 01/03/16 | DECLARAR FUNDADA la solicitud de dejar sin efecto la Resolución de Gerencia N° 1048-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don AGUADO BALCÓN GABINO, archivando definitivamente el acto administrativo. |
| 141-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña RAMÍREZ PALACIOS SILVA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 113, sección de venta de verduras, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venía y declarar vacante el puesto de venta. |
| 140-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña DELGADO JANAMPA MARIANA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 119, sección de venta de verduras, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 139-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña ENRÍQUEZ QUISPE VICTORIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 13, sección de venta de bazar, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/ 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 138-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña MÉNDEZ GÓMEZ MARCELA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 27, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 137-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña VILLAVICENCIO PARIONA KAREN ELIZ, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 48, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de “por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 136-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña GÓMEZ GARCÍA BELINA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 77, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 135-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña CCASANI JANAMPA VILMA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 78, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Magdalena, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 134-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora dona POTOCINO ROJAS MARILÚ ÁNGELES, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 180, sección de venta de multiservicios, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venía y declarar vacante el puesto de venta. |
| 133-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña MEJÍA HUAMÁN MARÍA LUZ, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 42, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venía y declarar vacante el puesto de venta. |
| 132-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña GALINDO ESPINOZA TEÓFILA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 70, sección de venta de multiservicios, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 131-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña REDOLFO LICAS NERY AKIDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 127, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 130-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña MENESES ZARATE FELIPA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 159, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por fa infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 129-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña POTOCINO ROJAS CLEOFÉ MARÍA, en su condición de titular y conductora de los puestos de venta N° 95 y 96, sección de venta de multiservicios, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo., la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 128-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña ROMERO RUIZ VILMA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de bodega - fuente de soda, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 127-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña TORRES GONZALES MARLENE, en su condición de-titular y conductora del establecimiento comercial de cevichería - picaronería, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/, 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 126-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR al infractor la PRADO AQUINO FÉLIX, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Night Club Clandestino, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/, 5,925.00), por la infracción de ''permitir que en el establecimiento se ejerza la prostitución clandestina o encubrir la acción", con código N° 08-014; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 125-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña ARROYO DE BAUTISTA DONATILDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 281, sección de venta de servicio de radio técnico, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 124-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña RAMOS RODRÍGUEZ FELICITAS, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 301, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante e! puesto de venta. |
| 123-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña SACSARA QUISPE DOLORES, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 212, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 122-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña OCHATOMA DE MENDOZA JULIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 172, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 121-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña HUAMÁN QUISPE SOFÍA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 202, sección de venta de especerías, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 120-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña JIMÉNEZ BORDA DOLORES, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 57, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaría mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 119-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña HUAMACCTO OCHANTE LEONARDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 278, sección de venta de artefactos eléctricos, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venía y declarar vacante el puesto de venta. |
| 118-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUISPE OCHOA ROSA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de marisquería - picantería, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/ 5,925.00) por la infracción de “reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura temporal (incumplimiento de sanción establecida)”, con código N°08-007; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial, y la medida complementaria mediata la revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201506727. |
| 117-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR al infractor don LAPA HUAMÁN JAVIER, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/ 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva y/o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 116-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña POZO ZAMORA YOVANA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/ 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva y/o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 115-2016 | 01/03/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Dejar sin Efecto la Resolución de Gerencia N° 1003-2015-MPH/43.47, promovida por el recurrente don WILDER ALBERTO ONOFRE ACEVEDO, continuando con el proceso administrativo. |
| 114-2016 | 01/03/16 | DECLARAR INFUNDADA la Demanda de Tercería de Bienes Muebles y por ende no Procede la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por la recurrente doña CATALINA SULCA DE QUISPE. |
| 113-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña REDOLFO LICAS NERY AKIDA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 127, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 112-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña JIMÉNEZ BORDA DOLORES, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 57, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma asciendente a ciento noventa y siete con con 50/100 nuevos soles (SI. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 111-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUISPE HUAMÁN FELICITAS, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 147, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 110-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña MENESES ZARATE FELIPA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 159, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 109-2016 | 01/03/16 | SANCIONAR a la infractora doña YUPANQUI LIZANA LIDIA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 12, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 108-2016 | 28/02/16 | SANCIONAR al infractor don MOLINA LLANTOY GILBERTO, en su condición de titular y conductor de los puestos de venta N° 308 y 309, sección de venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197,50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 107-2016 | 28/02/16 | SANCIONAR al infractor don BERNARDO QUISPE FRANK, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 123, sección de venta de medicamentos naturales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 106-2016 | 28/02/16 | SANCIONAR al infractor don LICAS LICAPA BELTRÁN, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 128, sección dé venta de abarrotes, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y se declara vacante el puesto de venta. |
| 105-2016 | 03/03/16 | SANCIONAR a la infractora don QUISPE DE PARIONA MARÍA, en su condición de titular y conductora del puesto de venta N° 39, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura. |
| 103-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña CHARO LUCY QUISPE OCHOA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Venta de Celulares - Agente BCP", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00), por la infracción de '"apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 102-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña MARÍA GARIBAY ZAVALETA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "BODEGA", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 101-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don MÁXIMO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Restaurant - Cebichería", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente -a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00),por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 100-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don LUIS MORENO ROMÁN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de INTERNET", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00),por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 099-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don ACEVEDO CANO WALTER ENRIQUE, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de bar, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil novecientos veinticinco con 00/100 nuevos soles (S/ 5,925.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura temporal (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-007; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial, y la medida complementaria mediata la revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201506762. |
| 098-2016 | 29/02/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 1075-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña MEJÍA HUAMÁN ELMA, continuando con el acto administrativo. |
| 097-2016 | 29/02/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 709-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña ORÉ HUAYTALLA KATHERINE LIZBETH, continuando con el acto administrativo. |
| 096-2016 | 29/02/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 929-2015-MPH/43.47, promovida por la infractora doña CONDORI NUÑEZ YEMNY DIANA, continuando con el acto administrativo. |
| 095-2016 | 29/02/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 1033-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don RAMÍREZ CABRERA NELLY RUTH, continuando con el acto administrativo. |
| 094-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don LAURA CHUCHON, NELSON, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Venta de Juguetería, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 093-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don MUCHA YAGUILLO, DAVID, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Venta de Bicicletas y Repuestos, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 092-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña ARREDONDO MENDOZA, VICTORIA EDITH, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Salón de Belleza-"MILBIAN CAFFIURE-SALÓN-SPÁ", con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de quinientos noventa y dos con 50/100 soles (S/. 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50,00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 091-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña AGUILAR GUILLEN, BERTHA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Librería ".San Marcos"- venta de libros, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 090-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don MARTÍNEZ FERNÁNDEZ, SATURNINO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Servicios de Telegiros "GIROS SMAR", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00}, por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 089-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don QUISPE SURCO, WILLY DEMETRIO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Cabinas de internet, con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de quinientos noventa y dos con 50/100 soles (S/592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 088-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR al infractor don QUISPE PARIONA, RUBÉN, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Botica "Virgen de Guadalupe", con la multa equivalente al 15% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de quinientos noventa y dos con 50/100 soles (S/ 592.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 087-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUINTO ESCRIBA, CARMEN VILMA SOFÍA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Alquiler de Vestidos "MARILYN", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 086-2016 | 29/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña RIVERA CANCHARI, PATRICIA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Academia de Música, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 085-2016 | 22/02/16 | SANCIONAR al infractor don BERNARD QUISPE FRANK, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 123, sección de venta de medicina natural, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 084-2016 | 22/02/16 | SANCIONAR al infractor don NUÑEZ CASTILLO JOSÉ LUIS, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 82, sección de venta de plásticos, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT; siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de “por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 083-2016 | 22/02/16 | SANCIONAR al infractor don QUISPE CUARES ADOLFO, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 269-B, sección de venta de cereales, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de “por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 082-2016 | 22/02/16 | SANCIONAR al infractor don PACHECO ZAMORA CRISTIAN, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 41, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de “por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 081-2016 | 22/02/16 | SANCIONAR al infractor don LLACTAHUAMÁN OCHANTE NELSON, en su condición de titular y conductor del puesto de venta N° 69, sección de venta de comida, ubicado en el interior del Mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 197.50), por la infracción de “por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado”, con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del puesto de venta y declarar vacante el puesto de venta. |
| 079-2016 | 12/02/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don FREDY ANTONY VILLACRESIS ESPINOZA. |
| 078-2016 | 12/02/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 577-2015-MPH/43.47, interpuesto por el administrado don ALEJANDRO ALEX REVOLLAR HUAMÁN, continuando con el proceso administrativo. |
| 077-2016 | 12/02/16 | SANCIONAR a la infractora Empresa TOURS SANTA ISABEL DE CHUMBES S.A.C. Representado por su Gerente General don EFRAÍN POMASONCCO LOAYZA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Agencia de Venta de Pasajes", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con-licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 076-2016 | 12/02/16 | SANCIONAR al infractor don, TITO JAVIER SULCA MEDINA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "INTERNET", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00),por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 075-2016 | 12/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña NORIS YUPANQUI QUISPE, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "HOSPEDAJE", con la multa equivalente al 60 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos diez 00/100 nuevos soles (S/. 2310.00), por la infracción de "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100,00 m2 de área ocupada" - código 05-126;asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 074-2016 | 12/02/16 | SANCIONAR al infractor, Empresa ELOHIM INTERNACIONAL E.I.R.L representado por su Gerente don, TINCO HUAYTALLA JOSÉ CARLOS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Venta de Computadoras", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 073-2016 | 12/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña ELVIRA ROJAS ROQUE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Librería - Multiservicios Rojas", con la multa equivalente al 15 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos setenta y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 577.50), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 072-2016 | 12/02/16 | SANCIONAR al infractor don MIGUEL ÁNGEL GAMARRA YAROS, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de bar, con la multa equivalente al 200% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a siete mil novecientos con 00/100 nuevos soles (S/ 7,900.00), por la infracción de "reapertura indebida del establecimiento que ha sido sancionado con clausura definitiva o tapiado (incumplimiento de sanción establecida)", con código N° 08-008; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial, y la medida complementaria mediata la revocatoria de la licencia de apertura N° 04873. |
| 071-2016 | 11/02/16 | DEJAR SIN EFECTO la Notificación de Sanción N° 000687 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0000971-2016-MPH, promovido por el administrado don ELMER ESCOBAR CHAHUAYLA, archivando definitivamente el expediente. |
| 070-2016 | 11/02/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 872-2015-MPH/43.47, promovida por el administrado don BILL ALBERT LETONA TORRES, continuando con el proceso administrativo. |
| 069-2016 | 11/02/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 897-2015-MPH/43.47, promovida por el administrado don JOSÉ BLADIMIRO HURTADO ROMANÍ, continuando con el proceso administrativo. |
| 068-2016 | 11/02/16 | DECLARAR FUNDADA la Solicitud y se DEJE SIN EFECTO la Resolución de Gerencia N° 642-2015-MPH/43.47, promovida por el administrado ROLANDO MIRANDA ALHUAY, archivando definitivamente el expediente Administrativo. |
| 067-2016 | 11/02/16 | DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia N° 890-2015-MPH/43.47, promovida por la administrada HILDA CAYLLAHUA PORTILLO, archivando el expediente definitivamente. |
| 066-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR al infractor don MINA BAÑICO MARIO MARDONIO, en su condición de conductor del establecimiento comercial de discoteca "El Triángulo", con la multa equivalente al 70% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil seiscientos noventa y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 2,695.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08- 002; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 065-2016 | 11/02/16 | DECLARAR INFUNDADO la Solicitud de Anulación contra Resolución de Gerencia N° 949-2015-MPH/43.47, promovido por la administrada doña ANA MARÍA PRADO MALDONADO, continuando con el acto administrativo. |
| 064-2016 | 11/02/16 | DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Gerencia N° 533-2015-MPH/43.47, promovido por el administrado don MAX JHONY QUISPE ESPINOZA, archivando definitivamente el expediente. |
| 063-2016 | 11/02/16 | DEJAR SIN EFECTO, la Notificación de Sanción N° 000688 y el Acta de Constatación y Fiscalización N° 0000973-2015-MPH. Promovido por doña ALEJANDRA MENDOZA CASTRO, archivando definitivamente el expediente. |
| 062-2016 | 11/02/16 | DECLARAR INFUNDADA la Demanda de Tercería de Bienes Muebles y por ende no Procede la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don EMILIO HUAMÁN CCENTE. |
| 061-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña GLADIS YARANGA TORRES, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Café Pizzería KAMPARI", con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a Tres mil ciento sesenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3160.00), por la infracción de "modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal" con código 08-006,asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201506733 y la clausura temporal por tres meses del establecimiento Comercial. |
| 060-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña LADERAS QUISPE NURIA LIZET, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de hospedaje, con la multa equivalente al 150% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a la suma de cinco mil setecientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 5,775.00), por la infracción de "permitir que en el establecimiento se ejerza la prostitución clandestina o encubrir la acción" con código 08-014; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial y la retención de bienes muebles. |
| 059-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR al infractor don RUIZ QUISPE CARLOS ALBERTO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de óptica - venta de lentes, con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 058-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña CERDAN MORALES JAIDE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de servicio de consultorio dental "ssamy", con la multa equivalente al 40% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente de un mil quinientos ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1,580.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 057-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña ZULEYMA ZANDALEE ALCAHUAMAN LAPA, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Impresión de Boleta y Fotocopia Multiservicios BK", con la multa equivalente al 40 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00),por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 056-2016 | 11/02/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 901-2015-MPH/43.47, promovida por la administrada doña JEANNE KARINA MARQUINA YUPANQUI, continuando con el proceso administrativo. |
| 055-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora NELLY DELGADO SALAZAR, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Venta de Uniformes Policiales", con la multa equivalente al 40 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00),por -la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 054-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña PRUDENCIA FLORES CALDERÓN, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Bar - Cantina", con la multa equivalente al 30% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil ciento ochenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1185.00), por la infracción de "apertura de establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales hasta 50.00 m2 de área ocupada" - código 08-001; asimismo como medida complementaria mediata la clausura definitiva del local. |
| 053-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña MARUJA PARIONA QUISPE, en su condición de titular y conductora del puesto N° 40 con giro de negocio de "Venta de Comida" al interior del mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5% de una UIT, siendo la suma ascendente a ciento noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 192.50), por la infracción de "por no acatar las disposiciones emitidas por la administración del mercado", con código N° 05-033; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 052-2016 | 11/02/16 | SANCIONAR a la infractora ANA NUÑEZ GALINDO, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Deposito de venta de Cereales al por mayor y menor", con la multa equivalente al 15 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a quinientos setenta y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 577.50),por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 051-2016 | 01/02/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 847-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don JORGE EUSEBIO URIBE GUIMOYA, continuando con el acto administrativo. |
| 050-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR al infractor don LAPA HUAMÁN JAVIER, en su condición de conductor del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 30% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil ciento cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1,155.00) por la infracción de “apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales mayores a 50.00m2 de área ocupada”, con código N° 08-002; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 049-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña QUISPE MANCILLA DELIA, en su condición de conductora del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos diez con 00/100 nuevos soles (S/. 2,310.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 048-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña POZO ZAMORA YOVANA, en su condición de conductora del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 30% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil ciento cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1,155.00), por la infracción de ''apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001 ; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 047-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña FLORES CALDERÓN PRUDENCIA, en su condición de conductora del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 30% de una UIT vigente, siendo la suma a un mil ciento cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1,155.00), por la infracción de “apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada”, con código N° 08-001; aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 046-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña CCARAHUANCO ROBLES LUCILA, en su condición de conductora del establecimiento comercial de bar - cantina, con la multa equivalente al 30% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil ciento cincuenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 1155.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento locales de hasta 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-001; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 045-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR al infractor don ACEVEDO CANO WALTER ENRIQUE, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de cevichería por haber modificado para el giro de bar o cantina, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trescientos diez con 00/100 nuevos soles (S/. 2,310.00): por la infracción de "modificar de giro de negocio y ampliaren un giro distinto sin autorización municipal" con código 08-006: asimismo, la aplicación de la medida complementaria de revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201506762 y la clausura témporal de tres meses del establecimiento comercial. |
| 044-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR al infractor don RAMOS TENORIO JOSÉ ANTONIO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de restaurante por haber modificado para el giro de bar o salón de recepciones, con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3,080.00), por la infracción de “modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal” con código 08-006; asimismo, la aplicación de la medida complementaria de revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 201507110 y la clausura temporal de tres meses del establecimiento comercial. |
| 043-2016 | 01/02/16 | SANCIONAR a la infractora doña MUÑOZ GUTIÉRREZ LIDIA HAYDEE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de bodega por haber modificado para el giro de bar o cantina, con la multa equivalente al 60% de una UIT vigente., siendo la suma ascendente a dos mil trescientos diez con 00/100 nuevos soles (S/. 2,310.00), por la infracción de “modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal” con código 08- 006; asimismo, la aplicación de la medida complementaria de revocatoria de la licencia de funcionamiento N° 200800410 y la clausura temporal de tres meses del establecimiento comercial. |
| 042-2016 | 27/01/16 | SANCIONAR al infractor la Empresa INVERSIONES E IMPORTACIONES PISCIS - LEO S.A.C., representado por su Gerente General don CAYO JERÍ JUSCAMAITA, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de Night Club Clandestino "Salonazo", y solidariamente al administrador de la empresa don JORGE ROBERTO HUAMÁN BONIFACIO, con la multa equivalente al 100% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a tres mil ochocientos cincuenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3,850.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 50.00m2 de área ocupada", con código N° 08-002; asimismo, la aplicación de la medida complementaria inmediata de retención de bienes muebles y la clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 041-2016 | 27/01/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 843-2015-MPH/43.47, promovido por el infractor don JORGE EUSEBIO URIBE GUIMOYA, continuando con el acto administrativo. |
| 040-2016 | 27/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don MARINO DIEGO ESTEBAN. |
| 039-2016 | 27/01/16 | OTORGAR la Renovación de Concesión del Puesto N° 138 autorizando para el giro de negocio de "Venta de Ropas", ubicado al el interior del Magdalena, a favor de la administrada doña ENCARNACIÓN ESPINO SANTA CRUZ, a partir del 30 de octubre de 2015 al 29 de octubre de 2016, pudiendo renovarse por mutuo acuerdo de ambas partes, siempre y cuando la concesionaria no infrinja las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 012-2004-MPH/CM. |
| 038-2016 | 25/01/16 | DECLARAR INFUNDADA el recurso de reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 689-2014- MPH/43.47, promovida por doña MARÍA JOSEPHINE EVERS PAULINE, Gerente General de la Empresa Víavía café Ayacucho S.A.C, y continuar con el acto administrativo. |
| 037-2016 | 25/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 835-2015-MPH/43.47, promovida por el administrado CRISTIAN ABEL CASTRO GÓMEZ continuando con el proceso administrativo. |
| 036-2016 | 25/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don MACIZO FERNÁNDEZ MIGUEL ÁNGEL. |
| 035-2016 | 25/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 914-2015-MPH/43.47, promovida por la Empresa ECONO PHONE & CONECTIVITY S.A.C. Representada por su Gerente doña LIDIA GUMERCINDA PRADO CARITAS, continuando con el proceso Administrativo. |
| 034-2016 | 20/01/16 | SANCIONAR a la infractora doña ANA MARÍA PRADO MALDONADO, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Venta de Cosméticos", con la multa equivalente al 40 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00), por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 033-2016 | 20/01/16 | SANCIONAR al infractor don NICOLÁS EMILIANO CARRILLO ESPINOZA, en su condición de titular y conductor del Puesto N° 50 con el giro de negocio de "Venta de Comidas", con la multa equivalente al 5 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a ciento noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 192.50), por la infracción "por no acatar las disposiciones emitidas por la Administración del mercado", con código 05-033; |
| 032-2016 | 20/01/16 | SANCIONAR al infractor don MIGUEL ÁNGEL GAMARRA YAROS, en su; condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Bar - Cantina", con la multa equivalente al 150 % 'de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a cinco mil setecientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles (S/. 5775.00), por la infracción de "Reapertura indebida del establecimiento que se encuentra sancionado con clausura temporal (incumplimiento de sanción establecida) - Cod. 08-007, asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento y la clausura definitiva del establecimiento Comercial. |
| 031-2016 | 20/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por la recurrente doña ROSA TERESA MOLINA CUNTO. |
| 030-2016 | 20/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don FÉLIX VILLALOBOS CÁRDENAS. |
| 029-2016 | 20/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don EDGAR FERNANDEZ MELGAR. |
| 028-2016 | 20/01/16 | DECLARAR INFUNDADA el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 527-2015-MPH/43.47, promovida por la recurrente doña YOVANA GUTIÉRREZ MENDOZA, continuando con el proceso administrativo. |
| 027-2016 | 20/01/16 | DECLARAR FUNDADA la solicitud de dejar sin efecto la Notificación de sanción N° 000661 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0000777-2015-MPH, promovida por el administrado don MICHAEL PHOL PARIONA YUPANQUI, debiendo de archivar definitivamente el expediente. |
| 026-2016 | 20/01/16 | DECLARAR VACANTE el puesto de venta, ubicado en el interior del mercado Andrés F. Vivanco, aplicando la medida complementaría mediata de declarar vacante del puesto, por la infracción de "incumplir el pago del alquiler del puesto de venta por arrendamiento del bien mueble al llegar a los dos meses consecutivos"; de la infractora: |
| 024-2016 | 18/01/16 | DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 503-2015-MPH/43.47, promovida por el administrado don CLIMACO CARBAJAL LEANDRES, continuando con el acto administrativo. |
| 023-2016 | 18/01/16 | DEJAR SIN EFECTO la Notificación de Sanción N° 000735 y el Acta de Constatación y Fiscalización N° 0000587-2015-MPH : promovida por la administrada RUTH QUISPE YANCE, archivando el expediente definitivamente señalando que los panetones decomisados no serán devueltos ya que no contaban con el registro sanitario en la envoltura del producto. |
| 022-2016 | 18/01/16 | SANCIONAR a la infractora doña ADELINA CALDERÓN ARCE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial del puesto N° 282, con giro de " Radio Técnico", del mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a ciento noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 192.50), por la infracción "por no acatar las disposiciones emitidas por la Administración del mercado", con código 05-033. |
| 021-2016 | 18/01/16 | SANCIONAR al infractor don ARTURO PAYTAN ENCISO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de “Cabinas de internet”:; con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a Quinientos setenta y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 577.50), por: no exhibir en lugar visible la licencia de funcionamiento vigente", con código N° 05-137, acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A, por los argumentos expuestos; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento. |
| 020-2016 | 18/01/16 | SANCIONAR al infractor don JOSÉ ANTONIO RAMOS TENORIO, en su condición de titular y conductor del establecimiento comercial de "Restaurante JOSÉ ANTONIO", con la multa equivalente al 80% de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a Tres mil ochenta con 00/100 nuevos soles (S/. 3080.00), por la infracción de "modificar de giro de negocio y ampliar en un giro distinto sin autorización municipal" con código 08-006,asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de revocatoria de la licencia de funcionamiento definitiva N° 201507110 y la clausura temporal por tres meses del establecimiento Comercial. |
| 019-2016 | 18/01/16 | SANCIONAR a la infractora doña MARÍA PURINA ROCA DE LA CRUZ, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Venta de Calzados por Catálogo", con la multa equivalente al 40 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a un mil quinientos cuarenta con 00/100 nuevos soles (S/. 1540.00),por la infracción de "apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales de hasta 50.00 m2 de área ocupada", con código N° 05-124; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 018-2016 | 18/01/16 | OTORGAR la Concesión del Puesto N° 33 Mz. "D", autorizando para el giro de negocio "Venta de Abarrotes", ubicado en el interior del Mercado "Andrés F. Vivanco", a favor de la administrada CARMELA GÓMEZ FLORES, a partir del 15 de agosto de 2015 al 14 de agosto de 2016, pudiendo renovarse por mutuo acuerdo de ambas partes, siempre y cuando la concesionaria no infrinja las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 012-2004-MPH/CM. |
| 017-2016 | 18/01/16 | OTORGAR la Concesión de los Puestos N° 214 y 215, autorizando para el giro de negocio "Multiservicios", ubicado en el interior del Mercado "Playa Grau", a favor del administrado don ISIDRO REVOLLAR TREJO, a partir del 20 de agosto de 2015 al 19 de agosto de 2016, pudiendo renovarse por mutuo acuerdo de ambas partes, siempre y cuando la concesionaria no infrinja las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 012-2004-MPH/CM. |
| 016-2016 | 12/01/16 | DECLÁRESE INFUNDADO la Solicitud de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 678-2015-MPH/43.47, Promovida por doña TERESA VARGAS AYALA continuando con el Acto administrativo. |
| 015-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Dejar Sin Efecto Resolución de Gerencia N° 528-2015-MPH/43.47, promovida por él recurrente don AMÉRICO PALOMINO MENDOZA, continuando con el proceso administrativo. |
| 014-2016 | 12/01/16 | INFUNDADA la Solicitud de Nulidad contra la Resolución de Gerencia N° 766-2015-MPH/43.47, promovida por la recurrente doña ELIZABETH PAREDES VILLANUEVA, continuando con el proceso administrativo. |
| 013-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Nulidad de todo lo actuado interpuesta contra la Resolución de Gerencia N° 716-2015-MPH/43.47, promovida por la recurrente doña MARLENE ANAYA QUISPE, continuando con el proceso administrativo. |
| 012-2016 | 12/01/16 | DECLARAR FUNDADA LA Solicitud de levantar la sanción de Vacancia del puesto N° 275 contra la Resolución de Gerencia N° 373-201 5-MPH/43.47, promovido por el administrado don DAMIÁN QUICHCA FERNANDEZ, se pone en conocimiento que el administrado no cuenta con deuda pendiente con la administración del Mercado Playa Grau. |
| 011-2016 | 12/01/16 | SANCIONAR a la infractora doña DIGNA NELLY ESLAVA SIHUIN, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial del puesto N° 167 - 265, con giro de "Electrónica", del mercado Playa Grau, con la multa equivalente al 5 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a ciento noventa y dos con 50/100 nuevos soles (S/. 192.50), por la infracción "por no acatar las disposiciones emitidas por la Administración del mercado", con código 05-033. |
| 010-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de nulidad de todo lo actuado interpuesta contra la Resolución de Gerencia N° 538-2015-MPH/43.47, promovida por el recurrente don RANULFO FUENTES CARRASCO, continuando con el proceso administrativo. |
| 009-2016 | 12/01/16 | DEJAR SIN EFECTO la notificación de sanción N° 000723 y el Acta de Constatación y/o Fiscalización N° 0000575-2015-MPH. Promovida por doña EUGENIA ALLAUCCA EVANAN archivando definitivamente el expediente. |
| 008-2016 | 12/01/16 | Declarar Fundada la solicitud de beneficio del fraccionamiento de pago de la deuda no tributaría en seis cuotas diferidas, incluido los intereses legales, promovida por la administrada doña MEDINA DE SAUÑE EMILIA, producto de la reconciliación extrajudicial realizado en el despacho de la Procuraduría Pública de la Entidad, desde la fecha de la emisión de la presente Resolución, según el cuadro adjunto: |
| 007-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 686-2015-MPH/43.47, promovido por el señor ELIPIO JESÚS GASTELÚ ASCARZA, el supuesto representante de don JAEN PAUL MEZA GÓMEZ, continuando con el acto administrativo. |
| 006-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la Solicitud de Reconsideración interpuesta contra la Resolución de Gerencia N° 729-2015-MPH/43.47, promovido por la administrada doña CELIA VILLANUEVA OROSCO, continuando con el acto administrativo. |
| 005-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADO el Recurso de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 649-2015-MPH/43.47, promovida por el administrado don JOSE CARLOS ALIAGA CHAHUD, continuando con el acto administrativo. |
| 004-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADA la desafectación y la devolución de los bienes muebles retenidos temporalmente, promovido por el recurrente don OSCAR CURI PALOMINO. |
| 003-2016 | 12/01/16 | DECLARAR INFUNDADO la Solicitud de Reconsideración contra la Resolución de Gerencia N° 753-2015-MPH/43.47, promovida por el administrado don DECIDERIO TINOCO TORRE, continuando con el acto administrativo. |
| 002-2016 | 12/01/16 | SANCIONAR a la infractora doña NORMA ISABEL PLANTANOS MENDOZA en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de "Cabinas de Internet EL CIELO", con la multa equivalente al 60 % de una UIT vigente, siendo la suma ascendente a dos mil trecientos diez con 00/100 nuevos soles (S/. 2310.00),por la infracción de "Apertura del establecimiento sin contar con licencia de funcionamiento en locales mayores a 100,00 m2 de área ocupada"-código 05-126;asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura definitiva del establecimiento comercial. |
| 001-2016 | 12/01/16 | SANCIONAR a la infractora doña MARCELINA PARIONA QUISPE, en su condición de titular y conductora del establecimiento comercial de Panadería "MARCELINA", con la multa equivalente al 15% de una UIT, siendo la suma ascendente a Quinientos setenta y siete con 50/100 nuevos soles (S/. 577.50), "por comercializar productos sin registro sanitario", con código N° 05-085, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 007-2011-MPH/A, por los argumentos expuestos; asimismo, la aplicación de la medida complementaria mediata de clausura temporal por siete días del establecimiento. |